JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ASOCIACION DE EMPRESAS DE CORREO DE LA REPUBL ICA ARGENTINA c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/MEDIDA CAUTELAR

La Asociación de Empresas de Correo de la República Argentina (A.E.C.A.) demandó medida cautelar autónoma contra la Provincia de Buenos Aires por el decreto 3687/06, que obliga a sus organismos a canalizar servicios postales a través de Correo Oficial. La Procuración General opinó que, por tratarse de una causa de manifiesto contenido federal con una provincia como parte, la competencia corresponde a la Corte Suprema en instancia originaria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 878. XLIII. ORI
Competencia originaria Corte suprema Provincia de buenos aires Servicio publico postal Medida cautelar Decreto 3687/06 Contenido federal Art. 117 constitucion nacional Orbitas de competencia Prestadores postales

¿Quién es el actor?

Asociación de Empresas de Correo de la República Argentina (A.E.C.A.), en representación de prestadoras de servicios postales y afines.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Poder Ejecutivo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

suspensión preventiva de la aplicación del decreto 3687/06 y de todo acto ejecutorio derivado de él, y prohibición de innovar respecto de la situación regida por los decretos nacionales 1187/93, 2247/93 y 115/97 y el decreto-ley local 7764/71 de Contabilidad. Se solicitó además la inconstitucionalidad del art. 26 inc. 31 apartado "a" del decreto-ley 7764/71.

¿Qué se resolvió?

no hay decisión de fondo. El juzgado civil, comercial y contencioso administrativo federal N° 2 de La Plata se inhibió por tratarse de una provincia demandada en causa de manifiesto contenido federal, y se corrió vista a la Procuración General sobre la competencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ante todo, corresponde señalar que uno de los supuestos en que procede la competencia originaria de la Corte si es parte una Provincia, según el art. 117 de la Constitución Nacional, es cuando la acción entablada se funda directa y exclusivamente en prescripciones constitucionales de carácter nacional, en leyes del Congreso o en tratados con las naciones extranjeras, de tal suerte que la cuestión federal sea la predominante en la causa (Fallos: 311:1812 y 2154; ...)."

"...se desprende que la actora cuestiona un decreto y un decreto-ley de la Provincia de Buenos Aires por ser contrarios al plexo de normas nacionales que regulan el servicio público postal y a la Constitución Nacional."

"...considero que la causa se encuentra entre las especialmente regidas por la Constitución Nacional, a las que alude el art. 21, inc. 11, de la ley 48, pues versa sobre la preservación de las órbitas de competencia entre los poderes del Gobierno federal y los de un Estado provincial..."

"...al ser parte una provincia en una causa de manifiesto contenido federal, opino que -cualquiera que sea la vecindad o nacionalidad de la actora... el proceso corresponde a la competencia originaria de la Corte."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 117, 14, 41, 16, 17, 19, 42, 75 inc. 14
  • Ley 48art. 21 inc. 11 · Justicia nacional
  • Ley 20.216Correos
  • Ley 22.262
  • Decreto 3687 (Provincia De Buenos Aires)
  • Decreto 1187
  • Decreto 2247
  • Decreto 115
  • Decreto 214
  • Decreto 1074
  • Decreto 721
  • Decreto-ley 7764 (Provincia De Buenos Aires)art. 26 inc. 31 apartado a; 25

Fallos que cita

  • Correo Oficial de la República Argentina S.A. c/ Catamarca, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 11/03/2006
  • Fallos 311:1812CSJN
  • Fallos 311:2154CSJN
  • Fallos 313:98CSJN
  • Fallos 315:448CSJN
  • Fallos 318:992CSJN
  • Fallos 322:1470CSJN
  • Fallos 323:2380CSJN
  • Fallos 306:1056CSJN
  • Fallos 308:1239CSJN
  • Fallos 324:1127CSJN
  • Fallos 317:473CSJN
  • Fallos 318:30CSJN
  • Fallos 323:1716CSJN

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