MINISTERIO DE DEFENSA c/ RESOLUCION N° 155/96 DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PLATA Y OTRO s/
El Estado Nacional (Ministerio de Defensa) interpuso recurso de queja contra la resolución n° 155/96 de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que había declarado inaplicable en su jurisdicción una directiva ministerial sobre intervención de la Policía Aeronáutica Nacional en casos de estupefacientes ocultos en aeropuertos. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario y dejó sin efecto la resolución apelada, adhiriendo a los fundamentos del Procurador General.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional - Ministerio de Defensa.
¿A quién se demanda?
Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (la resolución cuestionada fue dictada en ejercicio de facultades de superintendencia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución n° 155/96, que declaró inaplicable en la jurisdicción de la Cámara la "Directiva 2" del Ministerio de Defensa, por la cual se ordenaba a la Policía Aeronáutica Nacional dar intervención al juez en lo penal económico en turno ante casos de personas que portaran estupefacientes en forma oculta dentro de aeropuertos de Capital Federal y del Gran Buenos Aires.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario, y se deja sin efecto la resolución apelada. La Corte comparte los argumentos y conclusiones del dictamen del Procurador General, al que se remite por razones de brevedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la Cámara omitió toda consideración en punto a la gravedad institucional planteada, en la que también se había fundado la apelante ante los posibles defectos formales que pudieran invocarse para la admisión del recurso, en razón de que la resolución no había sido dictada en un 'juicio'."
"...la relevancia de esa omisión se pone de manifiesto al observar que en su resolución n° 155/96, la Cámara Federal consideró que la directiva del Ministerio de Defensa desconocía el artículo 109 de la Constitución Nacional, que veda al titular del Poder Ejecutivo -y por consiguiente a sus ministros- ejercer funciones judiciales... la controversia depende de la interpretación de las atribuciones que la Constitución Nacional reserva a cada uno de los poderes, lo que constituye así materia capaz de suscitar gravedad institucional al comprometer la buena marcha de las instituciones."
"...en el texto de la directiva solamente se hizo referencia a 'dar intervención' al juez en lo penal económico en turno, sin que de ello pueda seguirse que se haya efectuado definición alguna en materia de competencia..."
"...la decisión del ministro de Defensa se ajusta rigurosamente al texto del artículo 1027, inciso 21, del Código Aduanero, en cuanto amplía la competencia territorial de los jueces en lo penal económico para los casos de contrabando -incluido el de estupefacientes del artículo 866- ocurridos en los partidos del Gran Buenos Aires que la norma detalla."
"...la orden dictada por el ministro de Defensa no conculcó facultades del Poder Judicial, sino que constituyó el ejercicio de las atribuciones asignadas por el artículo 18 de la ley de ministerios..."
"...lo decidido en el auto apelado ha importado la virtual anulación de oficio de un acto administrativo que... gozaba de presunción de legitimidad... se ha visto afectado el principio de separación de los poderes de gobierno con exceso en las facultades reconocidas al Poder Judicial."
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Decreto-ley 1285/58art. 24 inc. 71
- Constitución Nacionalart. 109
- CAart. 1027 inc. 21; 866
- Ley 23.737art. 34 · Modificacion al codigo penal
- Ley 21.521arts. 3, 4 inc. 21, 12 incs. 71 y 111, 14 inc. 21 · Policia aeronautica nacional
- CPPNarts. 183, 184
- Ley 24.946art. 25 inc. j · Ministerio publico
- Ley 24.424arts. 29 bis, 29 ter, 31 bis · Estupefacientes
- Decreto 438/92art. 18 (ley de ministerios)
Fallos que cita
- Ministerio de Defensa c/ resolución n° 155/96CSJN · Fallos 316:196
- Herr Luque, Julio p.s.a. infracción a la ley 23.737CSJN · 08/09/1998
- S.A. Ganadera Los Lagos v. Nación ArgentinaCSJN · Fallos 190:142
- Fallos 247:436CSJN · 03/08/1960
- Fallos 246:237CSJN
- Fallos 301:1226CSJN
- Fallos 300:417CSJN
- Fallos 302:742CSJN
- Fallos 303:1041CSJN
- Fallos 311:120CSJN
- Fallos 281:67CSJN
- Fallos 300:866CSJN
- Fallos 312:1332CSJN
- Fallos 313:1420CSJN
- Fallos 314:1784CSJN
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