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Corte Suprema

RUBAJA, MARTA HILDA c/ CHUBUT, PROVINCIA DEL s/AMPARO

Marta Hilda Rubaja y Silvia Emma Britos, empleadas de la Provincia del Chubut, promovieron amparo contra dicha provincia para cuestionar la inconstitucionalidad de la ley provincial 4154 de Emergencia Económica, que redujo el sueldo básico y congeló la antigüedad de los empleados públicos. La Procuración General dictaminó que la causa no reviste carácter exclusivamente federal, por lo que resulta ajena a la competencia originaria de la Corte Suprema, debiendo tramitar ante los tribunales locales. ``` ```

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 109. XLIV. ORI
Competencia originaria Amparo Empleo publico provincial Emergencia economica Ley 4154 chubut Sueldo basico Antiguedad Derecho publico local Sistema federal Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Marta Hilda Rubaja y Silvia Emma Britos, empleadas de la Provincia del Chubut.

¿A quién se demanda?

Provincia del Chubut (Ministerio de Educación y Ministerio de Familia y Promoción Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de la ley provincial 4154 de Emergencia Económica y normas dictadas en su consecuencia, en especial su art. 42, que modificó el sueldo básico y congeló la antigüedad de los empleados públicos provinciales. Solicitan la devolución de las sumas dejadas de percibir durante la vigencia de la ley, con intereses, el reajuste de registros previsionales y la emisión de certificados de servicios y remuneraciones. Invocan los arts. 14, 14 bis, 16, 17 y 31 de la Constitución Nacional.

¿Qué se resolvió?

La Procuradora General opina que el proceso resulta ajeno a la instancia originaria de la Corte Suprema, porque la materia no reviste carácter exclusivamente federal: se trata de una relación de empleo público regida por la Constitución provincial y normas locales de remuneración de empleados públicos. La invocación de derechos constitucionales no basta para atraer la competencia federal cuando el acto lesivo proviene de una autoridad provincial y no hay razones vinculadas a la tutela de competencias federales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la materia del pleito no reviste carácter exclusivamente federal, pues se encuentra directa e inmediatamente relacionada con la aplicación e interpretación de normas de derecho público local, en tanto versa sobre un asunto típicamente administrativo, ya que el vínculo jurídico existente entre las actoras y la provincia demandada, que da sustento al presente amparo, es de empleo público..."

"...toda vez que el planteamiento de inconstitucionalidad que se deduce se sustenta en una relación de empleo público cuya resolución requiere necesariamente acudir en primer lugar a la Constitución de la Provincia del Chubut y a las normas que regulan la remuneración de los empleados públicos locales, entiendo que la causa no reviste exclusivo contenido federal..."

"...su nuda violación, proveniente de autoridades de provincia, no sujeta por sí sola las causas que de ella surjan al fuero federal..."

"...por lo cual no puede ser extendida, por persona o poder alguno..." (sobre el carácter taxativo de la competencia originaria, citando Fallos: 32:120 "Sojo").

Respecto de la competencia de los jueces inferiores: el Juez federal de la Capital se declaró incompetente (fs. 28) y el Juez federal de Rawson se inhibió y remitió a la Corte por ser parte una provincia (fs. 36).

La solución respeta el sistema federal y las autonomías provinciales; las cuestiones federales eventualmente comprendidas pueden llegar a la Corte por vía del recurso extraordinario (art. 14, ley 48).

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Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14, 14 bis, 16, 17, 31, 116, 117
  • Ley 16.986arts. 43 (CN), 18, 41 · Amparo
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Decreto-ley 1285arts. 24, inc. 11
  • Ley 4154 (Chubut)art. 42
  • CPCCNart. 41 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • SojoCSJN · Fallos 32:120
  • Rubaja / Razzetti (Razzetti, Marta Graciela c/ Buenos Aires)CSJN · 26/06/2007 · Fallos 324:2388
  • Fallos 310:295CSJN
  • Fallos 311:1428CSJN
  • Fallos 312:450CSJN
  • Fallos 318:1205CSJN
  • Fallos 325:887CSJN
  • Fallos 312:640CSJN
  • Fallos 313:127CSJN
  • Fallos 322:1514CSJN
  • Fallos 322:1470CSJN
  • Fallos 323:2380CSJN
  • Fallos 326:3448CSJN
  • Fallos 329:4829CSJN
  • Fallos 319:2527CSJN

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