Recurso Queja Nº 2 - LI, QINGYU c/ EN-M INTERIOR-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
La Corte Suprema hizo lugar a la queja de un ciudadano chino expulsado del país y dejó sin efecto la sentencia que había tenido por no presentado su recurso de apelación por defectos en la carta poder de la Defensoría Pública. El tribunal sostuvo que ese excesivo rigor formal afectaba la defensa en juicio y el acceso a la justicia de un migrante en condición de vulnerabilidad.
Demandante: Qingyu Li, ciudadano de nacionalidad china, representado por la Defensoría Pública Oficial y luego por la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio del Interior – Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de la disposición SDX 72448/2010 de la DNM, confirmada por disposición DNM 566/2011 y resolución 165/2012 del Ministerio del Interior, que declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por cinco años.
¿Qué se resolvió?
la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, por mayoría, tuvo por no presentado el recurso de apelación por no acreditarse la representación (cartas poder otorgadas a favor de funcionarios o de integrantes de la Comisión, no a personas determinadas). La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, ordenando dictar un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...el excesivo rigorismo formal en que incurrió el tribunal de alzada afecta de modo directo e inmediato la garantía constitucional de defensa en juicio que asiste a la demandante (art. 15 de la ley 48)..." (voto mayoritario). Se citó la Convención Americana (art. 8.2.e) y la jurisprudencia de la Corte IDH en "Vélez Loor vs. Panamá" sobre la asistencia defensiva gratuita en procedimientos de expulsión. Se valoró que "su clara e indubitable intención se vio frustrada como consecuencia de una deficiencia formal, que presumiblemente no estaba en su poder evitar" (voto mayoritario). El ministro Rosatti, en disidencia parcial, sostuvo que "la resolución de la Cámara que declaró la inadmisibilidad del recurso... pone de manifiesto un rigor formal excesivo incompatible con la tutela judicial efectiva que debe exigirse con relación a los migrantes", y, por ello, impuso las costas por su orden.
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Normas que cita
- Ley 25.871arts. 84, 86 · Migraciones
- Ley 10.996art. 1
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- CPCCNarts. 36, 46, 47, 68, 427 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Decreto 70/2017
- Constitución Nacionalart. 18
- Acordada 5/2009art. Reglas de Brasilia
- CADHart. 8.2
- Resolución DGN 1445/2018
- Resolución DGN 1858/2008
- Resolución DGN 390/2017
- Resolución DGN 131/2017
- Resolución DGN 406/2017
- Resolución SGPI 236/17
- Resolución DNM SDX 72448/2010
Fallos que cita
- Vélez Loor vs. PanamáCorte IDH · 23/11/2010
- Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez vs. EcuadorCorte IDH · 21/11/2007
- Ruano Torres y otros vs. El SalvadorCorte IDH · 05/10/2015
- ReschCSJN · Fallos 327:4681
- Fallos 199:617CSJN
- Fallos 305:2150CSJN
- Fallos 319:2925CSJN
- Fallos 327:4185CSJN
- Fallos 310:1819CSJN
- Fallos 329:5762CSJN
- Fallos 325:1243CSJN
- Fallos 312:1724CSJN
- Fallos 323:1919CSJN
- Fallos 330:4024CSJN
- Fallos 314:629CSJN
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