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Corte Suprema

GOMEZ, CARLOS s/RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 40.232 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL-SALA I-

El recurrente impugnó la excesiva duración del proceso penal que se extendió por casi 18 años sin sentencia firme. La Corte Suprema revocó la sentencia y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento con la urgencia que el caso demanda.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Debido proceso Defensa en juicio Garantia de plazo razonable Garantia del plazo razonable Procedimiento penal Derecho a ser juzgado en un plazo razonable Tratados internacionales Acceso a justicia Convencion americana sobre derechos humanos Pacto internacional de derechos civiles y politicos Plazo razonable Duracion del proceso Derecho de defensa Recursos Corte interamericana de derechos humanos Fuero penal Provincia de buenos aires

¿Qué se resolvió en el fallo?

Garantía a ser juzgado en un plazo razonable y excesiva duración de trámites recursivos

Proceso que se dilató hasta extenderse por casi dieciocho años sin que se haya arribado todavía al dictado de una sentencia firme - Rechazo por parte del superior tribunal provincial del recurso contra la confirmación de la condena - Recurso extraordinario en que el recurrente planteó la violación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable - La prosecución de un pleito indebidamente prolongado conculca el derecho de defensa de los acusados - Pautas establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos - La razonabilidad del plazo se debe apreciar en relación con la duración total del procedimiento, incluyendo los recursos de instancia que pudieran eventualmente presentarse, hasta que se dicte sentencia definitiva y firme en el asunto - A pesar de tener por objeto un único hecho, configurativo de un ilícito común que no presentaba mayores complejidades probatorias, el proceso se dilató hasta extenderse por casi dieciocho años sin que se haya arribado todavía al dictado de una sentencia firme que determine, en forma definitiva, la situación procesal del imputado - Se revoca la sentencia apelada y se remite para su agregación a los autos principales para que con la urgencia que el caso demanda se dicte un nuevo pronunciamiento - Se reitera la preocupación en orden al problema referido a la excesiva duración de los trámites recursivos en el fuero penal de la Provincia de Buenos Aires.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 18, 75 inc. 22
  • CADH (Internacional)art. 8.1
  • PIDCP (Internacional)art. 14.3
  • CPart. 166 inc. 2 · Codigo penal
  • Ley 25.882Codigo penal

Fallos que cita

  • MatteiCSJN · Fallos 272:188
  • Amadeo de RothCSJN · Fallos 323:982
  • BarraCSJN · Fallos 327:327
  • EgeaCSJN · Fallos 327:4815
  • Cabaña Blanca S.A.CSJN · 07/08/2007
  • PodestáCSJN · Fallos 329:445
  • AcerboCSJN · Fallos 330:3640
  • CuatrínCSJN · Fallos 331:600
  • SantanderCSJN · Fallos 331:2319
  • Ibáñez, Ángel ClementeCSJN · 11/08/2009
  • SalgadoCSJN · Fallos 332:1512
  • BarrosoCSJN · Fallos 333:1639
  • Vilche, José LuisCSJN · 11/12/2012
  • Salazar, Ramón de JesúsCSJN
  • EspíndolaCSJN · 06/02/2018 · Fallos 344:378

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