IBAÑEZ ENRIQUEZ AGUSTINA GEORGINA FIORELLA C/ RECONQUISTA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando indemnización por incapacidad derivada de contracturas cervicales. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a pagar $4.167.930 por incapacidad parcial y permanente (8,60%), rechazando el daño psíquico y aplicando intereses a la tasa activa del BNA.
¿Quién es el actor?
AGUSTINA GEORGINA FIORELLA IBAÑEZ ENRIQUEZ.
¿A quién se demanda?
RECONQUISTA A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 29.01.2024, por incapacidad derivada de contracturas musculares paravertebrales cervicales y daño psíquico reclamado.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad de normas invocadas; se hizo lugar a la demanda y se condenó a la ART a abonar $4.167.930 por incapacidad permanente parcial (8,60%) derivada del siniestro; se rechazó la pretensión de daño psíquico; se condenó además al pago de intereses calculados a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación Argentina hasta la fecha (importe con intereses $5.168.764) y costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1º) RECHAZAR el planteo de inconstitucionalidad de los arts.8 apartado 3 y 21, 22, 49, Disposición Adicional 3ra. de la Ley 24.557, del Decreto Nº 717/96, 9 ley 26773 y arts 7-10 ley 23.928 incoados por la parte actora por los fundamentos vertidos ut supra.-"
"2°) HACER lugar a la demanda interpuesta por AGUSTINA GEORGINA FIORELLA IBAÑEZ ENRIQUEZ y, en consecuencia, condenar a RECONQUISTA A.R.T. S.A. a abonar ... la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA( $ 4.167.930.- ) en concepto de indemnización por incapacidad derivada de contracturas musculares paravertebrales a nivel cervical C5-C6 y C6-C7 con limitacion funcional, dolencia que la incapacita en forma parcial y permanente en el 8.60 % de la capacidad total obrera...; producto del accidente de trabajo que acaeciera el 29.01.2024.- (arts. 1, 2, 3, 12, 14 y conc ley 24.557).- Rechazando el daño psiquico por no padecer minoraciòn laborativa en esa parcela ( art. 726 CCC)."
"3º) CON MAS INTERESES a la TASA ACTIVA cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina... la que se calcularà desde la fecha de la toma de conocimiento ( 29.01.2024) hasta el dìa de la fecha, cuyo importe asciende a la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO.- ($5.168.764).-"
Además, del cuerpo del voto preopinante, resultan relevantes las explicaciones sobre la normativa aplicable y el cálculo del quantum: "La indemnización por un infortunio del trabajo es la fijada por la legislación vigente en la época en que el trabajador tuvo conocimiento de la incapacidad derivada de la dolencia padecida..." y la operación matemática usada: "IBM ($ 281.360.26.-) por cincuenta y tres por grado de incapacidad (8.60 %) por 65 sobre 24 (edad del actor), lo que totaliza un importe de $ 3.473.275. Dicho importe ... será incrementado en un 20 %, o sea la suma de $ 694.655.-, conforme art. 3 ley 26.773 lo que arroja un total por todo concepto de $ 4.167.930.-"
Sobre daño psíquico: "la experta Lic Barbara Andrea Eguidin ... estableciò que ... no presenta indicadores de depresiòn, no manifiesta modificaciones en su vida a partir del infortunio, no presenta daño psiquico. En este contexto, encontràndose debidamente fundada ... no queda otro camino que pronunciarse por el rechazo en esta parcela (art. 726 CCC)."
Respecto de intereses y DNU 669/19: "he de propiciar la DECLARACION de INCONSTITUCIONALIDAD del DNU 669/19 y, por ende, no ha de ser considerado a los fines de establecer el quantum debido." Y sobre intereses legales: "la novel normativa ... dispone: '...el monto del ingreso base devengarà un interès equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) dìas del Banco de la Naciòn Argentina'... corresponde su aplicaciòn al caso de autos."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia por mayoría (Rodríguez y Larequi votaron a favor en los términos expuestos; Torres adhirió excepto sobre el modo de actualización del IBM, quedando en minoría).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.557arts. 1, 2, 3, 6.1, 6.3, 8, 12, 14, 17, 21, 22, 46, 49 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 1, 3, 4, 8, 9, 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348arts. 1, 7, 11, 14 · Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 57, 24
- Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
- Decreto 717/96art. 6
- Decreto 669/19arts. 1, 3
- Decreto 659/96
- Decreto 1694/09arts. 1, 3, 4
- Decreto 491/97art. 22
- Resolución 39/2023
- Resolución 1039/19 (SSN)
- CCyCNarts. 7, 726, 730, 768, 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNart. 375 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalarts. 5, 14, 17, 18, 27, 75 inc. 19, 99 inc. 3, 108, 123, 127 · Constitucion nacional
Fallos que cita
- Godon, Pablo David c/ Provincia ART S.A.SCBA
- Ledesma, Diego Marcelo c/ Asociart ART S.A.CSJN · 12/11/2019
- Seva, Franco Gabriel c/ Asociart ART S.A.CSJN · 05/08/2021
- Latino, Sandra Marcela c/ Sancor Coop. de Seguros Ltda. y otroCSJN · 01/07/2019 · Fallos 342:1193
- Esposito, Dardo Luis c/ Provincia ART S.A.CSJN
- Staroni, Lidia Estela c/ Provincia ART S.A.SCBA
- BarriosCSJN
- VuottoCSJN · 14/09/2014
- AquinoCSJN · 21/09/2014
- HaitSCBA · 11/08/2010
- AguirreSCBA · 06/10/2010
- CanoSCBA · 27/06/2020
- RomeroSCBA · 27/07/2020
- OrtelladoSCBA · 04/08/2020
- CondoriSCBA · 27/07/2020
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.