CERDEIRO CLAUDIO DANIEL C/ ESTABLECIMIENTO FRIGORIFICO AZUL S.A S/ DESPIDO
Demanda por despido con acuerdo conciliatorio para poner fin al litigio y pago de capital acordado. El Tribunal homologó el acuerdo presentado el 23/10/2026 con fuerza de sentencia, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios y pagos a peritos, disponiendo además exención de la tasa de justicia.
¿Quién es el actor?
CERDEIRO CLAUDIO DANIEL.
¿A quién se demanda?
ESTABLECIMIENTO FRIGORIFICO AZUL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por despido; las partes denunciaron un acuerdo conciliatorio para poner fin al juicio.
¿Qué se resolvió?
Homologar el acuerdo celebrado por las partes con fuerza de sentencia; imponer las costas del juicio a la parte demandada; eximir a las partes del pago de la tasa de justicia; regular honorarios de letrados y peritos; disponer pago mediante cuenta bancaria y cierre de la cuenta de autos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A esta altura del proceso, evaluados que han sido los términos y alcances del acuerdo denunciado por las partes a través de sus presentaciones electrónicas de fecha 23/10/2026 - ajustadas, en cuanto a su validez formal a las pautas establecidas en el Art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039 - mediante el cual se pretenden concluir las cuestiones litigiosas planteadas en este juicio, no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición entre aquellas en violación a la norma del art. 15 de la L.C.T.. Consecuentemente, me pronuncio en la presente cuestión por la AFIRMATIVA." (voto del Dr. Fernández de Villegas).
"Atento lo resuelto en la cuestión precedente corresponde declarar válido el acuerdo celebrado entre las partes y homologar el mismo con fuerza de sentencia (Arts.15 y 277 L.C.T.). Asimismo y conforme lo acordado corresponde imponer las costas a la accionada (art.73 in fine del C.P.C.C. y 89 Ley 15.057), eximiéndose a las partes del pago de la Tasa de Justicia (Arts. 27, 30, Ley 15.057 y 343 inc. 1 Ley 10.397). Para la regulación de honorarios a los letrados intervinientes en autos, habrá de estarse a los convenidos por las partes (Art. 2° Ley 14.967). Hágase saber a las partes que, el capital acordado deberá ser abonado mediante depósito bancario en la cuenta sueldo del trabajador (art. 277 LCT, t.o Ley 27.802)." (voto del Dr. Fernández de Villegas).
Bloque dispositivo final (SENTENCIA):
"HOMOLOGAR el acuerdo celebrado entre las partes mediante presentación de fecha 23/10/2026, con fuerza de sentencia (Arts. 15 y 277 L.C.T.).- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (arts. 73 in fine C.P.C.C., 24 y 89 Ley 15.057).- TENER presente las restantes cláusulas insertas en el acuerdo.- EXIMIR a las partes del pago de la Tasa de Justicia (Arts. 27, 30, Ley 15.057 y 343 inc. 1 Ley 10.397).-" (bloque dispositivo).
¿Cómo votaron los jueces?
No corresponde, el fallo es un acuerdo unánime (los tres jueces adhieren a la propuesta y el dispositivo confirma la homologación).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 168, 171
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 9, 15, 16, 21, 22, 24, 25, 43, 51, 54
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 24, 27, 30, 59, 89
- CPCCN (Provincia De Buenos Aires)art. 73
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)art. 343
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 10.268 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13.750 (Provincia De Buenos Aires)arts. 168, 175, 207, 215
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)art. 193
- Ley 12.724 (Provincia De Buenos Aires)arts. 27, 33
- Ley 13.948 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 27.802art. 277 · Ley de modernizacion laboral
- Acordada 4039 (Provincia De Buenos Aires)art. 5
- Acordada 3397 (Provincia De Buenos Aires)art. 58
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)art. 5
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Cabrera, Héctor Daniel v. Ruhl, Juan s/ DespidoSCBA · 06/10/2010
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.