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Primera Instancia

FORTE, PATRICIA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Forte promovió demanda contra ANSES solicitando recalculo del haber inicial y diferencias por movilidad. El Juzgado Federal N°2 de Rosario hizo lugar a la demanda, ordenó el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas según las pautas fijadas en los considerandos, e impuso las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 012597/2026
Costas Prescripcion Movilidad Anses Diferencias retroactivas Tasa pasiva bcra Reajuste previsional Recalculo de haber inicial Ley 27.423 Ley 24.241

¿Quién es el actor?

Forte, Patricia Noemí.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste/recalculo del haber jubilatorio inicial determinado bajo la ley 24.241 y liquidación de diferencias por movilidad retroactivas; impugnación de la metodología de actualización aplicada por ANSeS.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS pagar el haber recalculado y las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios de la parte actora; se aplicará el art. 2 de la ley 27.423 para los emolumentos de la representación de ANSeS; notificación electrónica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Surge del expediente administrativo pertinente que el actor adquiere el derecho a las prestaciones del Régimen Previsional –prestación básica universal PBU, prestación compensatoria PC y prestación adicional por permanencia PAP a partir del 08/12/2023; por servicios con aportes en relación de dependencia. La normativa bajo la cual se le otorga el beneficio es la ley 24.241."

"HABER INICIAL: Así las cosas, se verifica que las cuestiones a dirimir en la causa mencionada son sustancialmente análogas a las resueltas por este Juzgado en los autos “VERA LUIS C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS” Nº 60223/2017 en fecha 21/07/2020 ... habré de remitirme en honor a la brevedad, en lo relativo al modo de recalculo del haber inicial a los fundamentos y precedentes allí citados."

"MOVILIDAD: Atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, deberá estarse a lo dispuesto por las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 y, sus demás normas reglamentarias y eventuales modificaciones... A partir de marzo de 2021, se aplica la ley 27.609 y posteriores modificatorias y complementarias."

"PRESCRIPCION: Corresponde entonces, liquidar tales diferencias por reajuste desde el 14/04/2024, y hasta el momento del efectivo pago, debiendo descontarse los pagos realizados en el marco de la ley 27260 si los hubiere."

"La suma resultante generará un interés de tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A ... Para la determinación de modalidad de pago de las acreencias retroactivas, el organismo deberá efectuar los requerimientos de pago, y previsiones presupuestarias conforme ley 11.672..."

¿Cómo votaron los jueces?

no existe voto en disidencia consignado en el bloque resolutivo; los fundamentos reproducen precedentes y criterios de la CSJN y de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario citados en el decisorio.

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