Incidente Nº 1 - IMPUTADO: GLEIZER, CARLOS ENRIQUE s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
Recurso extraordinario federal contra resolución que rechazó una queja. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario por ausencia de cuestión federal y falta de los recaudos formales exigidos, con imposición de costas.
¿Quién es el actor?
Defensa particular de Carlos Enrique Gleizer (recurrente).
¿A quién se demanda?
No aplica (se trata de recurso extraordinario contra resolución previa).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra la resolución que rechazó una queja.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular de Carlos Enrique Gleizer, con costas (arts. 14 y 15 de la Ley 48 y 68, 69 y 257 del CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tal como lo sostuvo en jurisprudencia reiterada la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario exige entre otros requisitos para su procedencia que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en el presente caso sometido a control jurisdiccional no se advierte (Fallos 147:371; 305:1694 y 306:136). Por otro lado, no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de la sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de la admisión de la aludida doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida, que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el impugnante no ha conseguido probar en autos (Fallos: 311:1695)."
"La parte recurrente ha basado su presentación en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica acreditar la relación directa e inmediata de la materia del pleito y la cuestión federal que invoca (Fallos 295:335, 300:443, 302:561 y 303:2012, entre otros). Finalmente, tampoco se advierte en el supuesto se haya configurado un caso de gravedad institucional para habilitar la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Daniel A. Petrone explicó los fundamentos expuestos; el Dr. Diego G. Barroetaveña adhirió en lo sustancial; el Dr. Alejandro W. Slokar también adhirió a la solución propuesta. No hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 147:371CSJN
- Eduardo Manuel BocaccioCSJN · Fallos 305:1694
- Fallos 306:136CSJN
- Petroquimica Comodoro Rivadavia S.a. c/ Provincia del ChubutCSJN · Fallos 311:1695
- Fallos 295:335CSJN
- Fallos 300:443CSJN
- Jose Gerez c/ S.a. AcuarioCSJN · Fallos 302:561
- Osvaldo Luis Deleglise c/ Maria Micaela Dotta de GimenezCSJN · Fallos 303:2012
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.