JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

GOMEZ RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes varios a ANSES, incluyendo revisión del haber inicial, PBU, topes y otros conceptos previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada, diferió para ejecución el control de topes, confirmó costas y la sentencia en lo demás, y fijó honorarios por el 30% de lo que se determine en grado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 045064/2025/CA001
Costas Honorarios Prescripcion Ejecucion Impuesto a las ganancias Anses Prestacion basica universal Reajustes previsionales Topes de haberes Ley 27.426

¿Quién es el actor?

GOMEZ RAMON

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios de haberes previsionales (recalculo del haber inicial por servicios dependientes, actualización de la Prestación Básica Universal -PBU-, aplicación de topes, impugnación de normas y alegada inconstitucionalidad de leyes, prescripción, tasa de interés, retención de impuesto a las ganancias, costas).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de la parte actora y se hizo lugar parcialmente al recurso de la parte demandada; se difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre aplicación de topes de haberes; se confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (con arreglo al art. 68 CPCCN y art. 36 Ley 27.423 según corresponda); se confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."

"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU..."

"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida. ... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."

"Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re 'Actis Caporale' Fallos 323:4216."

"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión ha de ser abordada de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, parte general, libro I, título II, capítulo V, vale decir, arts. 68 a 77 del citado cuerpo normativo."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Alicia I. Braghini dejó a salvo su opinión respecto de varias cuestiones (señaló reservas sobre la pauta Elliff y el índice aplicable para la actualización del componente PBU, proponiendo, en su criterio, distinto índice -ISBIC- y dejando aclaraciones sobre fechas de extensión del precedente). Esa manifestación es una opinión reservada y no modifica la decisión de la mayoría.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 24, 30, 97, 168 (art. 168 mencionado como art. 82 de la ley 18037 ahora art.168) · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 27.426art. 3 · Reforma previsional
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.541art. 55 · Emergencia publica
  • Ley 27.423art. 36; art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68; art. 271 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 18.037 (referida)art. 82 (mencionado)
  • Decreto DNU 260
  • Decreto DNU 297
  • Decreto DNU 542

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