SOTO RAUL ADOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por la recomposición de haberes, incorporación de bonos/refuerzos y la inaplicabilidad de normas y precedentes sobre movilidad previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó los agravios relativos a la inconstitucionalidad de la emergencia y la improcedencia de modificar el método de movilidad, y fijó costas y honorarios conforme a la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
Raúl Adolfo Soto (la actora/accionante en el expediente).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de actos administrativos y pretensión de recomposición de haberes previsionales (haberes de enero y febrero de 2021), incorporación de bonos/refuerzos, inaplicabilidad de precedentes y declaración de inconstitucionalidad de las leyes 27.541, 27.609 y sus decretos reglamentarios; aplicación de doctrina de distintos precedentes (p. ej. "Betancur") y reprocesamiento de la movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el pronunciamiento judicial recurrido. Se impusieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, conforme a la ley 27.423 (art. 30).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el sentido de lo expuesto, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"En el abordaje de la delicada cuestión a resolver, no debe perderse de vista, en primer lugar, que la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico (C.S.J.N. en Fallos: 302:1149, 303:241, 319:3.148; 321:441; 322:1.349, entre muchos otros) por lo que no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados (C.S.J.N., en Fallos: 315:924) y la repugnancia con la cláusula de la Carta Magna es manifiesta y la incompatibilidad es inconciliable (conf. argumento expuesto por la C.S.J.N., en Fallos: 322:842 y 919)."
"Que, en tales condiciones y en atención al ajuste ordenado precedentemente, lo pretendido por el accionante en cuanto a los refuerzos importa la reforma de las pautas de determinación del haber previsional en colisión con lo expresamente dispuesto por la ley 24.241 y modificatorias, lo que impone el rechazo del agravio deducido en tal sentido."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Braghini dejó expresamente a salvo su opinión en varios puntos: consideró que al 1.1.21 recobró vigencia la ley 27.426 y que, por tanto, correspondería abonar las diferencias entre lo percibido por los decretos de 2020 y lo que hubiera correspondido de no haberse suspendido la ley 27.426 para enero y febrero de 2021, proponiendo en ese sentido la recomposición parcial que difiere del acuerdo mayoritario. Esa opinión quedó consignada como voto particular y no modificó la parte resolutiva.
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Normas que cita
- Ley 27.541art. 1; art. 55 · Emergencia publica
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241art. 17; art. 32 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.423arts. 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Constitución Nacionalart. 14 bis; art. 75 inc.22; art. 75 inc.23 · Constitucion nacional
- Decreto DNU 260
- Decreto DNU 297
- Decreto DNU 542
- Decreto 163
- Decreto 495
- Decreto 692
- Decreto 899
Fallos que cita
- "Guida, Liliana v. Poder Ejecutivo Nacional"CSJN · Fallos 136:161
- Ricardo H. Esteban c/ S.r.l. Metal MaderaCSJN · Fallos 302:1149
- Valentina Enriqueta CamposCSJN · Fallos 303:241
- Monges, Analía M. c/ UBA. - resol. 2314/95.CSJN · Fallos 319:3148
- Lavandera de Rizzi Silvia C/ Instituto Provincial de La Vivienda y Otro s/a.p.a.CSJN · Fallos 321:441
- Fallos 322:1349CSJN
- Fallos 315:924CSJN
- Fallos 322:842CSJN
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