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Cámara de Apelaciones

VERDU RODRIGUEZ GINES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste previsional por movilidad solicitado contra ANSeS en causa VERDU RODRIGUEZ GINES c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora y hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada, revocando la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los efectivamente abonados en 2020.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 026575/2024/CA001
Costas Recurso de apelacion Anses Movilidad previsional Emergencia previsional Ley 27.423 Ley 27.609 Art. 68 cpccn Bonos/refuerzos Haberes enero-febrero 2021

¿Quién es el actor?

VERDU RODRIGUEZ GINES (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por redeterminación del haber inicial, aplicación de movilidad (ley 27.609) y/o incorporación de bonos/refuerzos previsionales; pedido de diferenciales por aumentos suspendidos en 2020 aplicados a la base de cálculo de la movilidad para enero-febrero 2021.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, rechazó el recurso deducido por la parte actora y hizo lugar parcialmente al interpuesto por la demandada; revocó la sentencia de grado en cuanto ésta había ordenado aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados en 2020; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423; y confirmó la sentencia en lo demás materia de agravios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la Constitución Nacional en el artículo 14 bis establece que el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, los que tendrán carácter de integral e irrenunciable. En especial, dispone que la ley establecerá jubilaciones y pensiones móviles. En efecto, la Carta Magna dispone que las jubilaciones deberán gozar de movilidad, más no establece su método, ya que ello es potestad del Congreso, debiéndose siempre ejercer de modo razonable y conforme a las pautas constitucionales que regulan los derechos y garantías reconocidos."

"ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."

"Tal como fue resuelto en casos análogos, como ser, entre otros, por sentencia definitiva del 24.11.2022 recaída en la causa 12941/2021 'Montaño Pedro Felix c/ANSeS s/Reajustes varios'."

"Por ello, por mayoría, el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el recurso dedudcido por la parte actora y hacer lugar parcialmente al interpuesto por la demandada y, por ello 2) Revocar lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto ordena aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609- la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos suspendidos y los abonados durante el año 2020 por ese concepto; 3) Confirmar lo resuelto en torno a las costas..."

(Se consignan además considerandos que analizan la emergencia previsional, la razonabilidad de las medidas legislativas y la naturaleza de los bonos/refuerzos como no integrables al componente permanente del haber.)

¿Cómo votaron los jueces?

En el cuerpo del fallo aparece opinión de la Dra. Braghini con análisis propio respecto al alcance temporal de la emergencia y la vigencia de normas (mencionada en considerandos), pero la resolución que vincula es la acordada por mayoría consignada en la parte resolutiva final.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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