LAS HERAS JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional, la redeterminación y el pago de diferencias retroactivas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°3 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo, admitió la defensa de prescripción conforme art. 82 Ley 18.037 y diferirió la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Las Heras Jorge Alberto (parte actora, titular del beneficio jubilatorio con adquisición del derecho el 07-12-2011).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste por movilidad del beneficio previsional bajo la Ley 24.241, redeterminación del haber, pago de diferencias retroactivas, actualización monetaria, intereses y costas; se cuestionan múltiples disposiciones legales.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se admitió la excepción de prescripción conforme el art. 82 de la ley 18.037 (fijando el cómputo de la obligación a los dos años anteriores a la demanda o reclamo administrativo), se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme, se impusieron las costas por su orden y se diferirió la regulación de honorarios para el momento de contar con la liquidación aprobada; no corresponde estimar honorarios de la demandada conforme art. 2° ley 27.423.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- Que de la compulsa de la prueba documental existente en autos, se advierte que el titular obtuvo el beneficio de jubilación con fecha de adquisición del derecho el 07-12-2011 al amparo de la Ley N° 24241, que invoca como fundamento de la pretensión, acreditando servicios dependientes. En consecuencia, el reclamo será analizado por diferencias de haberes que formula la accionante a la luz de la Ley N° 24.241."
"III.- Respecto a la cuestión de fondo, es importante señalar que en la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (en adelante, PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08). Ahora bien, no obstante ello, respecto de aquellos que obtuvieron su beneficio con posterioridad a marzo de 2009, conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicho criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos “Quiroga Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” Sent. CSJN 11/11/2014..., a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, considero pertinente expedirme sobre el particular."
"VIII.- Ahora bien respecto a la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada corresponde su admisión dejando establecido que la obligación de la demandada nace desde los 2 (dos) años anteriores a la interposición de la demanda, o del reclamo administrativo - si se hubiere acreditado- (conf. art. 82 ley 18.037)."
Citas textuales relevantes incluidas en los considerandos:
"Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna, en coherencia con lo establecido por el Tribunal cimero, al fallar en la causa 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' del 28/11/06."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el texto; la resolución es de un juez subrogante en primera instancia.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 20, 24, 30, 9, 25, 26 (mencionados) · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.417art. 2 y disposiciones sobre PBU · Prestaciones previsionales
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.463art. 22 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- CPCCNart. 68 2da parte · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423art. 2; art.36 (mencionados) · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.198Presupuesto general de la administracion nacional
- Decreto 1346/07
- Decreto 279/08
- Decreto 163/2020
- Decreto 495/2020
- Decreto 274/24
Fallos que cita
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