VILLA RAUL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamante impugnó ajustes previsionales y la forma de aplicación de movilidad y topes frente a ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de grado: revocó la orden de aplicar diferencias sobre los haberes de enero y febrero de 2021, dejó sin efecto el diferimiento respecto de la ley 27.609 y diferió para ejecución los cuestionamientos sobre topes, confirmando lo demás y las costas en la instancia de grado.
¿Quién es el actor?
VILLA RAUL ANGEL.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales (PUA/beneficio previsional), impugnación de la metodología de movilidad (ley 27.609), aplicación de diferencias sobre haberes de enero/febrero 2021, aplicación de topes (art. 9 de la ley 24.463), retención del impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó la orden de primera instancia en cuanto disponía aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y abonados en 2020; dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609; diferió para la etapa de ejecución el examen del planteo relativo a la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (que impuso las costas al vencido conforme art. 68 CPCCN, con las salvedades de liquidación previstas por la ley 27.423) y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; además determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "no deviene procedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada."
2) "La declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico ... no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados" (citas a Fallos).
3) "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
4) "Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido ... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido." (citas a Fallos: 342:411; 344:983; 344:3567).
5) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso ... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023 ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" sobre la ley 27.609 remitiendo a otra sentencia ("WALD ... sent. Fecha 19/08/2025") y expone que "se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes ... genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal..." (se trata de opinión reservada que no integra la decisión mayoritaria).
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 14 bis · Constitucion nacional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 27.423art. 36; Art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.541Emergencia publica
- CPCCNarts. 68, 271 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Morales, Blanca Azucena C/ Anses s/impugnacion de Acto AdministrativoCSJN · 22/06/2023 · Fallos 346:634
- "Actis Caporale, Loredano"CSJN · Fallos 323:4216
- "García, María Isabel c/ A.F.I.P."CSJN · 26/03/2019 · Fallos 342:411
- "García Blanco Esteban c/ANSeS s/Reajustes varios"CSJN · 06/05/2021 · Fallos 344:983
- "Garay Corina Elena c/ANSeS s/Reajustes varios"CSJN · 07/12/2021 · Fallos 344:3567
- "Montaño Pedro Felix c/ANSeS s/Reajustes varios"CFSS Sala III · 24/11/2022
- "Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios"CSJN · 06/08/2015
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