PAREDES, ALEJANDRO ARIEL ANIBAL c/ ASOCIART ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ( ACCIDENTE DE TRABAJO )
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo contra la aseguradora y empleadores. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios de Asociart, manteniendo la condena y la imposición de costas a la aseguradora, con expresa aplicación del régimen legal vigente en la primera etapa procesal.
¿Quién es el actor?
Alejandro Ariel Aníbal Paredes.
¿A quién se demanda?
Pablo Antonio López; Emilio Cabrera; y Asociart Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (principal recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios por accidente de trabajo (caída desde andamio el 18/01/2012; fractura de metacarpiano izquierdo) y reclamo de reparación integral.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó el pronunciamiento de grado en todo lo que fue materia de agravios y ordenó imponer las costas de Alzada a la demandada Asociart por haber resultado vencida. Se fijaron además los honorarios y estipendios correspondientes (ver montos en la parte resolutiva).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"SE RESUELVE: confirmar el pronunciamiento recurrido en todo lo que se decide y fue materia de agravios. Las costas de Alzada se imponen a la demandada 'Asociart Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.' por haber resultado vencida."
"La Corte Suprema (Fallos 341:1063; 344:757; 345:220) se expidió en relación a la aplicación temporal de la nueva ley 27.423, estableciendo que el nuevo régimen legal no es aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, en lo que respecta a la labor desarrollada durante las etapas procesales concluidas durante la vigencia de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432..."
"Es insoslayable subrayar que uno de los 'objetivos' que caracterizan a la ley 24.557, es 'reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención'... Desde luego, el incumplimiento de tales deberes puede comprometer la responsabilidad de la aseguradora cuando se acredita que la omisión que se le atribuye guarda relación causal adecuada con el daño cuya reparación se reclama."
El tribunal sostuvo también que "no se ha acreditado que la misma hubiera implementado medidas concretas dirigidas a prevenir el riesgo involucrado en el accidente ni que hubiera cumplido adecuadamente los deberes de asesoramiento y control que le incumbían", y que la conducta procesal omisiva de la aseguradora resultó relevante.
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia; ambos jueces votaron en el mismo sentido.
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Normas que cita
Fallos que cita
- Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativaCSJN · Fallos 341:1063
- Fallos 344:757CSJN
- All Jorge Emilio y Otro s/sucesion Ab-intestatoCSJN · Fallos 345:220
- Fallos 268:352CSJN
- Servicio Nacional de Parques Nacionales c/ Franzini, Carlos y sus herederos o quien resulte propietario de Finca "Las Pavas" s/ expropiación.CSJN · Fallos 318:445
- Cacace Josefa Erminda C/ Municipalidad de La Ciudad de Buenos Aires s/constitucionalidad Ley 23.982CSJN · Fallos 318:1887
- Bustos Julio O. C/ Servicios Especiales San Antonio S.a. s/inconstitucionalidad Ley 24.013 Art. 153CSJN · Fallos 319:1479
- Ministerio de Cultura y Educacion - Estado Nacional s/art. 34 de La Ley 24.521CSJN · Fallos 331:1123
- Ascua c/ Asociart (CNT 23.979/2009)
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