JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CRUCEÑO CLAUDIO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes varios contra ANSES por la recalculación del haber inicial y la actualización de remuneraciones y de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado: declaró inconstitucional la metodología del art. 4 de la Ley 27.609 para remuneraciones entre 31/03/1991 y 28/02/2009 aplicando el índice ISBIC (Elliff/Blanco), difirió el tratamiento de otras inconstitucionalidades para la ejecución y confirmó lo demás.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 030165/2025/CA001
Seguridad social Reajustes Ley 27.609 Isbic Elliff Blanco Prestacion basica universal Inconstitucionalidad Dnu 274/2024 Costas de alzada

¿Quién es el actor?

CRUCEÑO CLAUDIO DANIEL

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios — impugnación de la metodología de actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, solicitud de recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), cuestionamiento de la Ley 27.609 y del art. 26 de la Ley 24.241, impuestos, costas, intereses y prescripción.

¿Qué se resolvió?

Se revocó parcialmente la sentencia apelada; se declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para las remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009 y se ordenó utilizar para ello el índice ISBIC dispuesto por la CSJN en “Elliff” y “Blanco”; se difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; se confirmó lo demás que fue materia de agravios; se impusieron costas de Alzada a la demandada y se regularon honorarios por el 30% de lo fijado en la instancia anterior (con IVA, si corresponde). Se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) “Corresponde revocar lo decidido en la instancia anterior y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el índice ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos ‘Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes Varios’ y ‘Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios’.”

2) “Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución… En virtud de la adopción del DNU 274/2024 y la nueva metodología de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, resulta razonable actuar con cautela… Dictar un pronunciamiento definitivo en esta etapa podría superponerse y, eventualmente, obstaculizar los ajustes normativos que se están implementando…”

3) “La Corte… puso particular énfasis en el carácter integral de los beneficios de la seguridad social (C.N. art. 14 bis): ‘aspecto del que es parte esencial –aclaró– la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos’ (Considerando Nº 9).”

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; los dos votos de Cámara acompañan la solución adoptada.

Normas que cita

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