BAÑEZA ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios y cuestionó la movilidad prevista por la Ley 27.609 y otros extremos del cálculo del haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución, confirmó lo demás impugnado, e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Bañeza Roberto (actor demandante).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por reajustes varios previsionales, que incluye actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial (invocando precedentes "Elliff" y "Blanco"), cómputo de servicios autónomos, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de leyes de movilidad (Ley 27.426, Ley 27.541 y Ley 27.609), reclamos sobre impuesto a las ganancias, prescripción e intereses, y costas/honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 para la etapa de ejecución, confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios, dispuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida conforme la doctrina de la CSJN en "Morales Blanca Azucena", reguló honorarios por la alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En relación a los arts. 1 y 2 de la Ley 27.426, esta Sala por mayoría se ha pronunciado a favor de la constitucionalidad del art. 1 y de la inconstitucionalidad del art. 2. El Superior Tribunal de Justicia de la Nación se ha expedido en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', Expte. 138932/2017, en fecha 4 de diciembre de 2025, donde revocó la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, desestimando el planteo en ambos supuestos... En virtud de ello, habida cuenta la jerarquía que se reconoce a los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como Máximo Tribunal de Alzada ... corresponde estar a lo dispuesto por el Alto Tribunal de la Nación al respecto y confirmar la sentencia apelada."
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución... Diferir el análisis de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución de sentencia permite abordar la cuestión en un contexto de mayor claridad normativa, una vez se hayan implementado los cambios propuestos por el DNU 274/2024."
"Por lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; 3) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 4) Disponer las costas de ambas instancias a la demandada vencida conforme la doctrina sentada por la CSJN en autos 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023; 5) Regular los honorarios ...; 6) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
¿Cómo votaron los jueces?
no hubo decisión contraria a la mayoría en el bloque dispositivo final; los votos individuales adhieren al acuerdo mayoritario, con matizaciones internas (por ejemplo, el Dr. Fantini difiere en el tratamiento de la PBU y revoca lo dispuesto en grado respecto de la recomposición de enero y febrero de 2021), pero la resolución final es la mayoritaria consignada arriba.
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Leyes que cita
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
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