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Cámara de Apelaciones

RODRIGUEZ IRMA VIVIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes previsionales contra ANSeS en autos sobre reajustes varios. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada solo para ordenar la regulación de costas conforme al art. 68 del CPCCN y art. 36 de la ley 27.423, y confirmó la sentencia en lo demás que fue objeto de agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 028362/2018/CA001
Reajustes previsionales Anses Costas procesales Cpccn art. 68 Ley 27.423 art. 36 Indice de actualizacion Elliff Morales Confirmacion de sentencia Liquidacion

¿Quién es el actor?

Rodríguez Irma Viviana.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes varios de haber previsional (reajuste del haber inicial y otros rubros vinculados).

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la parte recurrida en cuanto a la cuestión de las costas, confirmando lo resuelto en la instancia de grado respecto de las costas en los términos indicados en los considerandos (art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423) — en caso de que de la liquidación resulten sumas a favor del actor, las costas se impondrán al vencido; en caso contrario, se establecerán en el orden causado — y confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; además, fijó costas por su orden en la Alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III. Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que “… se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …”. Así las cosas y en los términos del art 36, la cuestión ha de ser abordada de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, parte general, libro I, título II, capítulo V, vale decir, arts. 68 a 77 del citado cuerpo normativo. En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."

"Que por ello el Tribunal RESUELVE: 1) Hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto y, por ello, a) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado de conformidad a lo indicado en los considerandos precedentes, que impuso las costas al vencido conforme al art. 68 del C.P.C.C.N. (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”), ello en tanto que surjan de la liquidación a practicarse, sumas a favor del actor, siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423); 2) confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios, con el fundamento y alcances indicados precedentemente; y 3) costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra disidencia en el texto. La resolución es la acordada por la Sala.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 271, 68-77 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales

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