JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MEDINA CARLOS RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor solicitó reajustes varios de sus haberes previsionales contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió para la etapa de ejecución el análisis de varios puntos (precedente Villanustre, art. 26 L.24.241, art.14 punto 2) Res. SS 6/09 y Ley 27.609), confirmó lo demás, y reguló costas y honorarios conforme a la doctrina de la CSJN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 005317/2025/CA001
Seguridad social Movilidad previsional Ley 27.609 Dnu 274/2024 Prestacion basica universal Villanustre Inconstitucionalidad diferida Costas Honorarios Ley 27.423

¿Quién es el actor?

MEDINA CARLOS RUBEN.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios de haberes previsionales (actualización de PBU, recomposición del haber de enero 2021, declaración de inconstitucionalidad de normas relacionadas con movilidad previsional, aplicación del precedente "Villanustre", recálculo de prestaciones complementarias y regulación de honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos; difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre", del art. 26 de la Ley 24.241, del art. 14 punto 2) de la Resolución SS 6/09 y de la Ley 27.609; diferió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso las costas de alzada a la demandada vencida conforme la doctrina de la CSJN en "Morales Blanca Azucena c/ ANSeS"; reguló honorarios de alzada del letrado actoral en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, este Tribunal considera prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. Y es que en virtud de la adopción del DNU 274/2024 y la nueva metodología de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, resulta razonable actuar con cautela, pues la modificación introducida refleja la toma de conciencia de la insuficiencia de la ley 27.609 y su impacto adverso en los haberes previsionales, mostrando la intención del Poder Ejecutivo de readecuar la movilidad previsional a la realidad inflacionaria. Dictar un pronunciamiento definitivo en esta etapa podría superponerse y, eventualmente, obstaculizar los ajustes normativos que se están implementando, afectando la seguridad jurídica en detrimento de la previsibilidad que demanda el sistema previsional."

"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."

"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Juan Alberto Fantini manifestó disidencia parcial respecto de puntos del voto que encabeza el decisorio. En su voto expresa, entre otros extremos, que revoca lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a la recomposición del haber de enero de 2021 y adhiere a soluciones recogidas en precedentes propios (cita expedientes y sentencias: Torelli, Rojas, Carabajal). No obstante, la decisión mayoritaria es la que consta en la parte resolutiva.

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.