LEANZA GUILLERMO FEDERICO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Leanza Guillermo Federico promovió acción contra ANSES por reajustes de haberes y constitucionalidad de normas aplicadas al cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferenció para ejecución la regulación del precedente Villanustre y del art. 26 de la Ley 24.241, confirmó lo demás y condenó en costas a la demandada; además reguló honorarios de alzada (30% sobre lo que se fije en primera instancia).
¿Quién es el actor?
LEANZA GUILLERMO FEDERICO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios — impugnación de la forma de actualización de haberes previsionales (incluyendo análisis del componente PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), y planteos de inconstitucionalidad de normas (art. 26, art. 9 y art. 25 Ley 24.241; art. 2 Ley 27.426; cuestionamiento de resoluciones y adicionales a la movilidad).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre" y del artículo 26 de la Ley 24.241, difirió la regulación de honorarios de primera instancia, confirmó lo resuelto en lo demás, impuso las costas de alzada a la demandada conforme la doctrina de la CSJN (Morales) y reguló los honorarios de la representación de la actora por la alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA en su caso; las actuaciones se devuelven al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
"Finalmente atento a como se decide, y de conformidad con lo normado por el art.279 del código de rito, en el marco del art. 21 de la ley 27.423 para determinar el monto regulatorio deberá existir en autos liquidación aprobada. Por ello, corresponde revocar la regulación efectuada y diferirla para dicha oportunidad."
¿Cómo votaron los jueces?
los Dres. Carnota, Dorado y Fantini adhieren al mismo sentido; no hay disidencia. Las propuestas del voto inicial fueron acompañadas por los restantes vocales, por lo que la parte dispositiva consignada es la decisión de la Cámara.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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