GARCIA ALEJANDRA KARINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El organismo previsional y la actora apelaron la sentencia que actualizó las remuneraciones del haber inicial de una jubilación otorgada bajo la ley 27.609. La Cámara modificó sólo lo relativo a costas, que se imponen a la ANSeS cuando de la liquidación surjan sumas a favor de la actora, y confirmó el resto, difiriendo a ejecución el planteo sobre topes y la actualización de la PBU.
¿Quién es el actor?
Alejandra Karina García.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de la prestación previsional: actualización de las remuneraciones para el haber inicial, Prestación Básica Universal (PBU), tasa de interés, costas, topes del art. 9 de la ley 24.463, inconstitucionalidad de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241, de la ley 27.426, 27.541 y 27.609, y aplicación del precedente "Makler" a los servicios autónomos.
¿Qué se resolvió?
diferir a ejecución el cuestionamiento sobre topes; revocar lo resuelto en costas de primera instancia e imponerlas a la ANSeS en tanto de la liquidación surjan sumas a favor de la actora (en caso contrario, en el orden causado); confirmar la sentencia en lo demás; costas de Alzada por su orden; regular honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la actualización de remuneraciones: "es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables…" (CSJN, "Blanco", Fallos 341:1924, citado). La Sala señala que "con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que fueron posteriormente ratificados por ley 27.609", y que los índices elegidos "dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios". Por ello se rechaza la pretensión de la actora y se confirma la actualización según la ley 27.609.
Sobre la PBU: "Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada…". Se reconoce el derecho a la revisión del valor de la PBU, aplicando el criterio de confiscatoriedad de "Quiroga" (merma igual o superior al 15%).
Sobre costas: se aplica el art. 36 de la ley 27.423 conforme CSJN, "Morales", Fallos 346:634.
¿Cómo votaron los jueces?
declara inconstitucional el art. 4 de la ley 27.609 con los alcances señalados y, respecto de la cuestión de la PBU y del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463, difiere su análisis a la etapa de ejecución; deja a salvo su opinión en diversos puntos.
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241arts. 24, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.426arts. 1, 2 · Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.423arts. 36, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNarts. 68, 271 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 16, 75 · Constitucion nacional
Fallos que cita
- Elliff, Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/08/2009 · Fallos 332:1914
- Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeSCSJN · 18/12/2018 · Fallos 341:1924
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023 · Fallos 346:634
- Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/11/2014
- Rapisarda, José León c/ ANSeSCSJN · 06/08/2015
- Actis Caporale, LoredanoCSJN · Fallos 323:4216
- Makler, Simón c/ ANSeSCSJN · 20/05/2003
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeSCSJN · 18/04/2017
- Pichersky, Alberto Raúl c/ ANSeSCSJN · 23/05/2017
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