REQUERIDO: O' RYAN SOLER, AGUSTIN FELIPE s/EXTRADICION
La Corte Suprema confirmó la sentencia del Juzgado Federal n° 2 de Córdoba que concedió la extradición de Agustín Felipe O´Ryan Soler a la República de Chile para cumplir una condena por delitos de violación y abuso sexual agravado. El Tribunal desestimó los agravios de la defensa sobre nulidad del procedimiento, condiciones de detención y cumplimiento de pena en el país.
¿Quién es el actor?
República de Chile (Estado requirente).
¿A quién se demanda?
Agustín Felipe O´Ryan Soler (requerido, ciudadano chileno e italiano).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Extradición para el cumplimiento de la condena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó por delitos de violación y abuso sexual agravado.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el fallo recurrido en cuanto declaró procedente la extradición.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Medidas de prueba: "no corresponde hacer lugar a las medidas de prueba solicitadas por la parte conforme lo dispuesto en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, in fine." Se señala que las autoridades del Consulado de la República Italiana "ya tomaron oportuno conocimiento de la detención del requerido... conforme lo previsto en el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares".
Nulidad del procedimiento: "cabe desestimar el agravio referido a la nulidad del procedimiento que desembocó en la detención del requerido toda vez que el recurrente se ha limitado en el memorial a reiterar este planteo sin refutar el concreto fundamento por el que en fallo apelado se rechazó este cuestionamiento." Además, "las cuestiones en torno a la validez de la prueba o de los actos celebrados deben ventilarse en el proceso que se le sigue a la persona en el país requirente".
Condiciones de encierro: "tampoco puede prosperar, por infundado, el agravio por el que se postula el rechazo de la entrega en función del temor esgrimido por el requerido vinculado a las condiciones de encierro que le aguardan en el país requirente... el planteo... aparece fundado en generalizaciones que no llegan a demostrar un riesgo 'cierto' y 'actual' de que... quedaría expuesto al trato cruel, inhumano y/o degradante que se invoca."
Cumplimiento de pena en el país: "no corresponde pronunciarse... toda vez que es criterio del Tribunal que esta clase de planteos importan cuestiones ajenas a la fase jurisdiccional del procedimiento de extradición."
Se dispone que el juez de la causa informe a su par extranjero el tiempo de privación de libertad del requerido a los efectos del proceso de extradición.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Convención de Viena sobre Relaciones Consularesart. 36
- Convención Americana sobre Derechos Humanosart. 5
Fallos que cita
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