Alberto Jorge Triacca c/ Diario la Razon y Otros
El periodista de la agencia Diarios y Noticias difundió la acusación de una viuda contra el dirigente sindical Alberto Jorge Triacca atribuyéndola expresamente a su fuente. La Corte Suprema revocó la condena por daño moral y rechazó la demanda, por considerar que el medio cumplió el deber de fidelidad a la fuente y que la información no era objetivamente falsa.
¿Quién es el actor?
Alberto Jorge Triacca.
¿A quién se demanda?
Diario La Razón, Diario La Nación y la agencia Diarios y Noticias (DYN). Durante la alzada siguió contra DYN, por desistimiento respecto de La Nación y por quiebra de La Razón.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
resarcimiento por daño moral por el cable n° 115 de DYN, que transcribía las declaraciones de Ana María Tarelli (viuda de Raúl Cuervo) que vinculaban a Triacca con el tráfico de cocaína y con el homicidio de Cuervo.
¿Qué se resolvió?
la Corte revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala C), que había condenado a DYN a pagar australes 70.000.000 con intereses, y rechazó la demanda, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...cuando un órgano periodístico difunde una información, que podría tener entidad difamatoria para un tercero, no responde civilmente por ella en los supuestos en que omita la identidad de los presuntamente implicados, o utilice un tiempo de verbo potencial, o, por fin, propale la información atribuyendo directamente su contenido a la fuente pertinente (considerando 7o)."
"...dicha doctrina exige que, para obtener la exención de responsabilidad del informador, éste atribuya directamente la noticia a una fuente identificable y que transcriba en forma sustancialmente fiel lo manifestado por aquélla."
"...la protección del honor de personalidades públicas –como el actor– debe ser atenuada cuando se discuten temas de interés público, en comparación con la que se brinda a los simples particulares..."
"...el deber esencial en 'Campillay' es la fidelidad a la fuente –requisito éste ampliamente satisfecho por la demandada– y no, como lo pretende el a quo, el de difundir todas las posibles repercusiones y desmentidas motivadas por aquélla."
"...el criterio del 'New York Times', al fundarse en el grado de culpabilidad con la que obró el agente, presupone obviamente la existencia de una información objetivamente falsa. Sólo sobre esta base tiene sentido hablar de 'malicia o grave negligencia'..."
¿Cómo votaron los jueces?
la sentencia es unánime en la decisión final, pero los ministros Fayt, Belluscio y Petracchi suscriben un voto conjunto que fundamenta la solución con el mismo criterio. El fallo no registra disidencias expresas en el dispositivo.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 14, 32 · Constitucion nacional
- Ley 48arts. 14 inc. 3, 16 · Justicia nacional
- CCart. 1109 · Codigo civil
Fallos que cita
- CampillayCSJN · Fallos 308:789
- CostaCSJN · Fallos 310:508
- Granada, Jorge Horacio c/ Diarios y Noticias S.A.CSJN
- New York Times vs. Sullivan
- Vago, Jorge Antonio c/ Ediciones de la Urraca S.A.CSJN · 19/11/1991
- Abad, Manuel Eduardo y otrosCSJN · 07/04/1992
- Tavares, Flavio Arístides s/ calumnias e injuriasCSJN · 19/08/1992
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