Lia Alejandra Viñas y Otras
La defensa de Lía Alejandra Viñas y Elena Beatriz David recurrió la condena por robo agravado y estafa en grado de tentativa, alegando arbitrariedad en la valoración de la prueba y en la pena. La Corte Suprema rechazó los agravios sobre prueba y derecho común, pero hizo lugar al recurso en cuanto la Cámara elevó la pena de Viñas sin considerar los elementos favorables sobre su personalidad, y ordenó dictar un nuevo fallo sobre ese punto.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público / Estado Nacional (acusación penal).
¿A quién se demanda?
Lía Alejandra Viñas y Elena Beatriz David.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso penal por robo agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda (ambas), estafa en grado de tentativa (Viñas), y unificación de pena con condena anterior por adulteración de documento público (Viñas).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario solamente respecto de la pena impuesta a Lía Alejandra Viñas, la que queda sin efecto para que se dicte nuevo fallo; se desestima en cuanto a los restantes agravios (incluida la situación de David). Por el mismo acuerdo se intima a David al depósito del art. 286 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es cierto que de acuerdo con la doctrina del Tribunal, el ejercicio por los magistrados de sus facultades para graduar las sanciones dentro de los límites ofrecidos para ello por las leyes respectivas no suscita, en principio, cuestiones que quepa decidir en la instancia del art. 14 de la ley 48 (...). Pero también lo es que cabe apartarse de dicha regla cuándo las circunstancias atenuantes no han sido tratadas por el a qua, en detrimento de la defensa en juicio."
"De tal modo, el tribunal de la instancia anterior sólo explicó el incremento de la sanción sobre la base de pautas objetivas, sin fundar cuáles serían las subjetivas que, en conjunta valoración con las anteriores, justificasen el aumento."
"...se advierte una omisión de considerar la gran cantidad de elementos de juicio favorables respecto de la personalidad de la procesada que habían sido tomados en cuenta por el juez de primera instancia para resolver de manera distinta."
Nota: el Procurador General dictaminó en el mismo sentido (desestimar la queja respecto de David y declararla procedente respecto de Viñas). Los agravios sobre valoración de la prueba y sobre la calificación de estafa (idoneidad del ardid) fueron rechazados por no demostrar arbitrariedad.
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Normas que cita
- Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
- Ley 20.771Estupefacientes
- Ley 18art. 18
- CParts. 26, 40, 41, 55, 56, 58 · Codigo penal
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Decreto 412/58art. 10
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
- Acordada 54/86
Fallos que cita
- Viñas, Lía Alejandra y otras s/robo calificadoCSJN · 13/08/1992
- Littarelli, Carlos CarmeloCSJN · 14/09/1982
- Gómez Dávalos, Sinforiano s/pedidoCSJN · 26/10/1989
- Fiscal c/ Santander, Eduardo B. y otros s/ley 20.771CSJN · 19/12/1991
- De Pablo, Rubén Arnaldo y otro s/robo de automotorCSJN · 30/08/1988
- Fallos 264:414CSJN
- Fallos 306:1669CSJN
- Fallos 304:1626CSJN
- Fallos 303:449CSJN
- Fallos 293:218CSJN
- Fallos 259:369CSJN
- Fallos 261:407CSJN
- Fallos 291:475CSJN
- Fallos 301:867CSJN
- Fallos 310:187CSJN
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