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Cámara de Apelaciones

PUYO, GUILLERMO RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, titular de un beneficio previsional otorgado bajo la ley 24.241, reclamó el reajuste de su haber por aportes como trabajador autónomo y la movilidad de sus haberes. La Cámara Federal de Paraná modificó parcialmente la sentencia: declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, revocó la imposición de costas a la ANSES y dejó para la etapa de liquidación la eventual inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 009925/2025/CA001
Movilidad previsional Haber inicial Aportes autonomos simultaneos Tope de remuneraciones Inconstitucionalidad art. 25 ley 24.241 Costas en seguridad social Dnu 157/2018 Ley 27.609 Impuesto a las ganancias Pbu

¿Quién es el actor?

Guillermo Ricardo Puyo.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste y movilidad del haber previsional; reajuste del haber inicial en relación con aportes autónomos; actualización de diferencias con el IPIM; inconstitucionalidad de la ley 27.609, del art. 25 de la ley 24.241 y del régimen del impuesto a las ganancias sobre el haber previsional; imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hace lugar parcialmente al recurso del actor y se declara la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 si se dan los presupuestos expuestos en los considerandos; se hace lugar parcialmente al recurso de la ANSES, revocando la imposición de costas de primera instancia y distribuyéndolas en el orden causado; se confirma la sentencia en lo demás; se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e imponen las costas de la instancia en el orden causado; se regulan honorarios a la letrada de la parte actora en 34% de lo que se determine en primera instancia. El Dr. Busaniche votó en disidencia parcial, proponiendo dejar a resguardo la posibilidad de analizar la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 para la etapa de liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe señalar que respecto de este planteo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa 'Lohle, María Teresa Inés c/ ANSeS s/reajustes varios', (sentencia del 15/10/2015) confirmó la invalidez del límite establecido en las citadas normas en el caso de un jubilado que había efectuado aportes simultáneos para integrar la base imponible, en tanto se constató el perjuicio patrimonial sufrido 'al despojar a aportes -que fueron efectuados obligatoriamente- de toda contraprestación previsional'."

"En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio, declarar la inconstitucionalidad de los artículos 9 y 25 de la ley 24.241, en la medida en que se presenten los extremos invocados en el párrafo precedente, resultando un dispendio jurisdiccional –a juicio de la suscripta– diferir su tratamiento a instancias liquidatorias posteriores."

"Se observa que la decisión del magistrado de grado y la imposición a la ANSES no resulta acertada, por cuanto la pretensión sólo ha prosperado parcialmente. En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio propuesto, revocar la imposición efectuada en primera instancia y distribuirlas en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-."

"...corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado debido al modo en que se resuelve..."

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