JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MAURI, MARIA CRISTINA c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Una jubilada de Entre Ríos demandó a ARCA para que cesara la retención de impuesto a las ganancias sobre su haber previsional y se le reintegraran las sumas retenidas. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción, dejó sin efecto el allanamiento de la demandada por comprometer el orden público y rechazó la apelación sobre costas y honorarios, con la disidencia parcial del Dr. Busaniche respecto de la regulación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 003576/2026/CA001
Impuesto a las ganancias Jubilacion Accion meramente declarativa de inconstitucionalidad Allanamiento Orden publico Costas Honorarios Ley 27.423 Arca Devolucion de retenciones

¿Quién es el actor?

María Cristina Mauri, jubilada que percibe haberes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del régimen del impuesto a las ganancias (arts. 1, 2, 79 inc. c), 81, 82 y cctes. de la Ley 20.628, según leyes 27.346 y 27.430), cese de la retención y reintegro de las sumas retenidas desde el otorgamiento del beneficio, con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

rechazar el recurso de apelación de la demandada y confirmar la resolución de grado, que declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen para el caso concreto, ordenó el reintegro de los montos retenidos (con tasa pasiva promedio del BCRA), impuso las costas a la demandada y reguló honorarios a los letrados de la actora en 22 UMA. En esta instancia, impuso las costas a la apelante vencida y reguló honorarios a los letrados de la actora en 7,26 UMA, equivalentes a $769.494, sin regular emolumentos a las apoderadas de la demandada (art. 2, Ley 27.423).

¿Cómo votaron los jueces?

propuso admitir parcialmente la apelación respecto de honorarios, revocar el punto 5° de la sentencia de grado y diferir la regulación de honorarios hasta contar con base económica, por considerar cuantificable la pretensión de devolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ello por cuanto su allanamiento fue desestimado, resultó condenada en la presente causa y el tema sobre el cual se resolvió carece de la novedad o complejidad suficiente para receptar sus argumentos en virtud de que la jurisprudencia de la CSJN citada data del año 2019 (ver fallos 342:411)."

"En ambos casos, el resaltado es propio." [art. 21 y 48, Ley 27.423, citados por la mayoría] — la regulación "se observa que resultan adecuados en relación a la labor desarrollada, al resultado obtenido y a las pautas legales establecidas en los art. 16, 20 y 48 de la ley 27.423."

¿Cómo votaron los jueces?

"toda vez que la pretensión de la presente causa persigue no sólo una declaración de inconstitucionalidad, sino también la devolución de los montos retenidos por impuesto a las ganancias; surge a las claras que es posible cuantificar la misma y, en consecuencia, regular los honorarios de conformidad con la escala del artículo 21 de la referida ley."

Normas que cita

  • Ley 20.628arts. 1, 2, 79, 81, 82 · Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
  • Ley 27.430Impuestos
  • Ley 27.423arts. 2, 16, 20, 21, 30, 48, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 68, 307 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Resolución 2437/2008

Fallos que cita

  • GarcíaCSJN
  • Fallos 342:411CSJN
  • Fallos 276:132CSJN
  • Fallos 280:320CSJN
  • Fallos 303:2088CSJN
  • Fallos 304:819CSJN
  • Fallos 305:537CSJN
  • Fallos 307:1121CSJN

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