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Cámara de Apelaciones

GASPARINI, ADELMO ROGELIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad y la actualización de la Prestación Básica Universal ante la ANSES. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia, declaró la constitucionalidad de las Leyes N° 27.426 y N° 27.541 y sus decretos reglamentarios para la movilidad del período, y confirmó lo demás decidido, incluida la aplicación de la Ley N° 27.609 en los términos fijados por el tribunal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 046112/2019/CA001
Movilidad previsional Haber previsional Prestacion basica universal Ley 27.541 Ley 27.426 Ley 27.609 Emergencia previsional Inconstitucionalidad Topes jubilatorios Impuesto a las ganancias

¿Quién es el actor?

Adelmo Rogelio Gasparini.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional del actor, titular de un beneficio otorgado con arreglo a la Ley N° 24.241 con fecha 27/3/2016, incluyendo la actualización de la PBU y la movilidad del haber, con cuestionamiento de la aplicación de las Leyes N° 27.426, N° 27.541 y N° 27.609.

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto declaró la constitucionalidad de las Leyes N° 27.426 y N° 27.541 y de los decretos dictados en consecuencia para la movilidad del haber del actor en ese período, e impuso las costas de primera instancia en el orden causado. Confirmó lo demás que decide la sentencia, teniendo en cuenta lo dispuesto respecto de la Ley N° 27.609. Impuso las costas de Alzada por su orden y no reguló honorarios a los letrados intervinientes en esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la PBU: "considera apropiado diferir el análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU a la etapa de liquidación de la sentencia, tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios', sentencia de fecha 11/11/2014, ocasión en la cual se podrá determinar si la falta de actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del 'total del haber inicial' de la parte actora, con relación a la situación de los trabajadores activos."

Sobre la Ley N° 27.426 y la Ley N° 27.541: "más allá del criterio sostenido por esta Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en reiteradas oportunidades, atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos: 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', Sentencia de fecha 4 de diciembre de 2025, donde se pronunció respecto a la validez constitucional de la normativa aquí cuestionada, corresponde hacer lugar al recurso de apelación de la demandada y modificar la Sentencia recurrida en este punto."

Sobre la Ley N° 27.609: "la movilidad prevista por el art. 1 de la mencionada normativa resulta violatoria del derecho de propiedad y de la garantía contemplada en el art. 14bis de la CN, como el propio Poder Ejecutivo Nacional lo ha expresado al momento del dictado del DNU N°274/2024, por lo que corresponde confirmar la Sentencia recurrida en este punto para el caso concreto, debiendo para el periodo mencionado utilizarse el índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC hasta la entrada en vigencia del Decreto N°274/24."

Sobre los topes (art. 9 Ley 24.463): "sólo se considera razonable toda quita que no supere el 15% del haber como una contribución solidaria a la Seguridad Social de quienes tienen mayor capacidad económica... sería procedente declarar la inconstitucionalidad de dichos artículos en la medida que, practicada la liquidación, resulte una quita que supere el porcentaje antes indicado."

Sobre el Impuesto a las Ganancias: "cabe remitirse a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García, María Isabel', sentencia de fecha 26 de marzo de 2019."

Sobre las costas: "este Tribunal ha declarado inconstitucional el artículo 21 de la ley 24.463 en las causas: 'RAMOS, Miguel Efraín c/ ANSES s/Reajustes por Movilidad'... Asimismo, el Alto Tribunal ha dispuesto en relación al tema, que tiene aplicación al caso las previsiones contenidas en el art. 36 de la ley N° 27.423."

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