Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BALBUENA, PABLO ARIEL s/ROBO CON ARMAS DAMNIFICADO: RAMOS , JAVIER ALEJANDRO Y OTRO
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena de Pablo Ariel Balbuena a seis años y seis meses de prisión por robo agravado con arma de fuego y privación ilegítima de la libertad, tras rechazar la defensa oficial que pedía absolución. El tribunal sostuvo que la intervención del imputado estuvo acreditada por el reconocimiento de las víctimas y que no existía inimputabilidad por intoxicación.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (la acusación pública, que solicitó siete años de prisión).
¿A quién se demanda?
Pablo Ariel Balbuena, condenado como coautor.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación interpuesto por el Dr. Diego D. Mascioli, defensor oficial, contra la sentencia del TOCC n° 20 del 19/11/2025 (fundamentos del 28/11/2025), que condenó a Balbuena a seis años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por coautoría de robo agravado por arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, cometidos en dos oportunidades.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría (Bruzzone y Divito), se rechazó el recurso de casación y se confirmó la sentencia en todo lo impugnado, con costas en la instancia recursiva. Rimondi se abstuvo de votar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Intervención del imputado: "el acusado Balbuena puso a disposición la vivienda donde estuvieron retenidos los damnificados Ramos y Ledesma, quienes habían sido previamente sorprendidos a punta de pistola en sus vehículos y trasladados hasta allí por los restantes intervinientes del grupo." La identificación de ambos damnificados, "minutos después de finalizado el encierro", fue considerada "fundamental en razón del escaso tiempo transcurrido", y se la encuadró como "una simple manifestación informal de conocimiento" y no como reconocimiento formal.
Arma de fuego: "nada obsta a que su utilización pueda tenerse por acreditada a través de prueba testimonial. Y, en el caso, ello se logra a partir de los convincentes relatos de los damnificados Ramos y Ledesma."
Coautoría: "se puede determinar que el acusado Balbuena, junto a los demás intervinientes [...] decidieron idear un plan tendiente a engañar a dos choferes de vehículos de aplicación."
Capacidad de culpabilidad: se concluyó que "Balbuena comprendía lo que hacía -y que aquello era ilícito- y actuó con ese fin", a partir de sus propias expresiones durante el hecho ("yo solo puse la casa", "denme mi parte").
Pena: se mantuvo la nocturnidad y la pluralidad de intervinientes como agravantes, y se rechazó la condena de ejecución condicional por "la naturaleza del hecho".
¿Cómo votaron los jueces?
Rimondi no votó, por lo que no hay disidencia expresa.
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