GIMENEZ, ISABEL TERESA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Una jubilada bajo el régimen especial de investigadores científicos (Ley 22.929) reclamó a ANSES por el haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de la ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, por lo que resultaron inaplicables los topes del art. 9 de la Ley 24.463 y las costas quedaron a cargo de la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
Isabel Teresa Giménez.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber jubilatorio de la actora, titular de un beneficio otorgado bajo el régimen especial de la Ley 22.929 (investigadores científicos y tecnológicos), en el marco de un amparo regido por la Ley 16.986.
¿Qué se resolvió?
por unanimidad, no se hizo lugar al recurso de apelación de ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fuera motivo de agravios. Se impusieron las costas de la instancia a la recurrente vencida (art. 14, Ley 16.986) y se regularon los honorarios de los profesionales actuantes en un 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al valor UMA al momento del pago (arts. 30 y 51, Ley 27.423), sin regulación de honorarios para la representación letrada de la demandada (art. 2, Ley 27.423).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ante todo, cabe mencionar que la parte accionante es titular de un beneficio de jubilación, conforme lo reglado por la Ley 22.929 que estableció el 'Régimen Previsional para Investigadores Científicos y Tecnológicos', el cual se corresponde a un régimen de los denominados especiales diferenciados del régimen general de la Ley 24.241."
"…la CSJN ha resuelto que el art. 9 de la ley N°24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley N°24.016 para el personal docente."
"Análogamente se extiende a casos de regímenes especiales como el presente, que se da bajo el amparo de la Ley N°22.929 de investigadores científicos… 'El régimen jubilatorio de la ley 22.929 –investigadores científicos- ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el régimen general reglamentado por las leyes 24241 y 24463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características…' (Fallos 328:4044)."
"…la norma del art. 14 de la ley 16.986 'no ha sido dejada sin efecto por la ley de solidaridad previsional…' (Fallos 322:464)."
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Normas que cita
- Ley 22.929Regimen previsional investigaciones cientificas
- Ley 24.463arts. 9, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241arts. 9, 25 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.016Docentes
- Ley 16.986art. 14 · Amparo
- Ley 27.423arts. 2, 30, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.426art. 36 · Reforma previsional
- CPCCNarts. 68, 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Guzmán, Cristina c/ ANSeSCSJN · 02/03/2016
- GemelliCSJN · Fallos 328:2829
- Massani de Sese Zulema Micaela c/ Anses s/ reajustes variosCSJN · Fallos 328:4044
- De la Horra, Nélida c/ Administración Nacional de la Seguridad SocialCSJN · 16/03/1999 · Fallos 322:464
- Guardia, Víctor Hugo c/ AFIP s/ amparo ley 16.986CSJN · 11/11/2025
- Fallos 287:230CSJN
- Fallos 294:466CSJN
- Fallos 329:2856CSJN
- Fallos 345:1140CSJN
- Fallos 347:105CSJN
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