JurisprudenciaARG
Primera Instancia

Incidente Nº 1 - ACTOR: LAPUENTE, JULIO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La actora promovió incidente de ejecución de sentencia previsional contra la ANSES para obtener el pago de diferencias por el reajuste de su haber. El Juzgado aprobó la liquidación pericial por $70.055.058,85, declaró la inconstitucionalidad de los topes previstos en el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09, el art. 9 de la ley 24.463 y el art. 26 de la ley 24.241, rechazó las excepciones opuestas y ordenó llevar adelante la ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 001334/2014/1
Ejecucion de sentencia previsional Reajuste de haber Liquidacion pericial Inconstitucionalidad Tope de remuneraciones Confiscatoriedad Excepcion de pago parcial Haber previsional Movilidad jubilatoria Anses

¿Quién es el actor?

Julio Lapuente.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de sentencia previsional (art. 499 CPCCN) para el cobro de diferencias impagas resultantes del reajuste del haber jubilatorio, con fijación del quantum mediante liquidación pericial.

¿Qué se resolvió?

aprobar la liquidación practicada el 16/09/2025 por $70.055.058,85 (período 10/01/2012 a 31/08/2025), con un haber reajustado al mes de agosto de 2025 de $3.289.119,92; hacer lugar a las inconstitucionalidades planteadas respecto del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09, el art. 9 de la ley 24.463 y el art. 26 de la ley 24.241; rechazar las excepciones de pago total, falta de acción y espera; mandar llevar adelante la ejecución; ordenar el pago del haber reajustado desde el mes inmediato posterior a que la sentencia quede firme; imponer costas a la demandada; y regular honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la liquidación: "...la liquidación practicada por el perito designado se ajusta a los parámetros descriptos en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, existiendo diferencias a favor del actor y que le deberán ser abonadas de conformidad con lo dispuesto en los pronunciamientos existentes y que aquí se ejecutan."

Sobre el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09: "Ello lleva a considerar que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones excedió la facultad reglamentaria, ya que el propio artículo 24 de la ley 24.241, no establece tope alguno a las mismas. En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la norma en análisis."

Sobre el art. 9 de la ley 24.463: "...corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463, en la medida que impone una disminución en el haber recalculado conforme se ordena en la presente..."

Sobre el art. 26 de la ley 24.241: "...la aplicación del tope dispuesto en dicha norma genera en el haber recalculado de la actora una disminución que resulta confiscatoria..."

Sobre las excepciones: respecto del pago total, "...el pago ha sido parcial, y para que la excepción prospere el mismo debe ser acreditado debidamente, es decir, total documentado conforme lo exige el código de rito..."; la falta de acción fue desestimada por cuanto "no se ha cuestionado la idoneidad jurídica de la decisión cuya ejecución se intenta"; y la espera fue rechazada porque "no lucen acreditadas en autos" sus exigencias documentales.

Sobre el impuesto a las ganancias: se adhiere a la doctrina de la CSJN en "García, María Isabel c/ AFIP" (Fallos 342:411) por razones de economía procesal y seguridad jurídica.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 9, 24, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Resolución SSS 6/09art. 14.2
  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 23.982art. 17 · Deuda publica
  • CPCCNarts. 499, 502, 477, 386, 506, 544, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 16, 19, 20, 21, 29, 37, 41, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 10.727 (Provincia De Santa Fe)art. 4 incs. d) y e)
  • Ley 11.672 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 7054 (Provincia De Santa Fe)art. 31/40
  • Ley 11.085 (Provincia De Santa Fe)arts. 27, 28, 42
  • Constitución Nacional
  • Acordada CSJN 10/2025

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.