JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

SANDRI, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS por reajustes varios de su haber previsional, con reclamo de recálculo y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, y declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 para imponer las costas de la alzada a la demandada vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 018154/2023/CA002
Reajuste previsional Haber previsional Ley 27.609 Indice de actualizacion Precedente makler Prestacion basica universal Topes legales del haber maximo Costas en seguridad social Articulo 36 ley 27.423 Inconstitucionalidad dnu 157/2018

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Sandri.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales, recálculo del haber y diferencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios, rechazó los agravios de la demandada sobre el índice de actualización, la aplicación del precedente "Makler", el tratamiento de la Prestación Básica Universal, los topes legales y las costas, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, impuso las costas de la alzada a la demandada vencida conforme el artículo 36 de la ley 27.423 y reguló honorarios de la alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el índice: "la sentencia apelada ordenó que se actualicen conforme el índice establecido en el artículo 4 de la ley 27.609, lo que cabe confirmar atento la fecha de adquisición del beneficio."

Sobre el precedente "Makler": "dicha doctrina es concordante con el mecanismo descripto en el art. 24 inc. b) de la ley 24.241 – aplicable al caso-, el que en su parte final dispone que '…se computará todo el tiempo con aportes computados en cada una de las categorías…'."

Sobre las costas de alzada: "atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS…', corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."

Normas que cita

  • Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • DNU 157/2018art. 3
  • Ley 18.038Jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

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