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Cámara de Apelaciones

CHAPARRO, PEDRO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS por reajustes varios de su haber previsional, cuestionando la movilidad aplicada y la validez de la ley 27.609. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia que había hecho lugar a la demanda, difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 y declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto 157/2018, imponiendo las costas de la alzada a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 025179/2023/CA001
Movilidad previsional Ley 27.609 Ley 27.541 Prestacion basica universal Intereses moratorios Costas Inconstitucionalidad Decreto 157/2018 Ley 27.423 Haber previsional.

¿Quién es el actor?

Pedro Ramón Chaparro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, con reclamo de haber recalculado y diferencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

La sentencia de primera instancia había hecho lugar a la demanda, ordenó el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 e impuso las costas a la demandada. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios, revocó lo resuelto respecto del artículo 1 de la ley 27.609 difiriendo su tratamiento para la etapa de ejecución, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018, impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme el artículo 36 de la ley 27.423 y reguló honorarios de alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de la prestación básica universal (PBU), se remitió a los argumentos de los autos "ROMITI, Osvaldo" (expte. FRO 27367/2022/CA1, Acuerdo del 21/03/2025), donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad de dicho componente, y se rechazó el agravio.

Sobre la inaplicabilidad del art. 14 ap. 2 de la Resolución 06/09 de la SSS: "debe desestimarse conforme lo resuelto por este Tribunal en autos nº FRO 66657/2017, caratulado 'GUIDA, Zulema c/ ANSES s/ Reajustes Varios' Acuerdo del 12/09/2019 en donde se declaró la inconstitucionalidad del art. 14 ap. 2 de la Resolución n° 06/09 de la SSS por exceder sus facultades de reglamentación."

Sobre la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad suspendida, se remitió a "MULLER" (expte. FRO 22049/2022/CA1, Acuerdo del 27/05/2025) y "GOTTIG" (expte. FRO 32870/2022/CA1, Acuerdo del 5/09/2025), debiendo admitirse el agravio y movilizar el haber conforme esas pautas.

En relación con la ley 27.609, por mayoría, en "MAS, MABEL GLADIS" (expte. FRO 8406/2024/CA1, Acuerdo del 30/12/2025) se resolvió diferir el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución.

Sobre intereses moratorios, se confirmó la sentencia siguiendo el precedente de la Sala "A" en "Incidente Nº 1 - TORRES, BEATRIZ" (FRO 13011342/2010), con sustento en el art. 768 del CCyC, para el caso de incumplimiento de la liquidación firme.

Respecto de las costas de primera instancia, se confirmaron por cuanto el juez aplicó el fallo "Morales" de la CSJN y, al hacerse lugar a la demanda, corresponde el criterio general de la derrota.

Respecto de las costas de la alzada, atento lo resuelto por la CSJN en "MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS" (FCR 21049166/2011/CS001, sentencia del 22/06/2023), se declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron a la demandada conforme el art. 36 de la ley 27.423, que dispone: "En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado".

El Dr. Pineda votó en igual sentido en lo sustancial, remitiéndose a sus votos en "JAIME, GABRIEL DEL VALLE" (31199/2017, 7/07/2020) y "MORAS, CAMILO ANGEL" (FRO 21559/2021, 2/07/2025), y adhirió a la solución propuesta por las vocales preopinantes en los demás agravios.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ROMITI, OsvaldoCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 21/03/2025
  • QUIROGACSJN
  • MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.SCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 27/05/2025
  • GOTTIG, José María c/ ANSeSCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 05/09/2025
  • MAS, MABEL GLADIS c/ A.N.Se.SCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 30/12/2025
  • GUIDA, Zulema c/ ANSESCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 12/09/2019
  • TORRES, BEATRIZ c/ ANSES (incidente)CAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA A
  • BARUFALDI, Felipe c/ ANSeSCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 22/03/2023
  • SETTICASI, Giacinto c/ ANSESCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 13/08/2024
  • VEZZANI, Oscar Daniel c/ ANSeSCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 11/12/2024
  • SIGULIN, EMILIO JOSE c/ ANSES (incidente)CAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA A · 05/12/2024
  • MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023
  • JAIME, GABRIEL DEL VALLE c/ ANSESCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 07/07/2020
  • MORAS, CAMILO ANGEL c/ ANSESCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA B · 02/07/2025
  • SPESSOT, DANIEL ANTONIO c/ ANSESCAMARA FEDERAL DE ROSARIO SALA A · 16/04/2025

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