DELIA, SALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La ANSES apeló una sentencia que le ordenó pagar el haber recalculado y las diferencias retroactivas por un reajuste previsional. La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó la sentencia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso a la ANSES las costas de segunda instancia.
¿Quién es el actor?
Salina Delia.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional, con recálculo y diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, confirmó la imposición de costas en el orden de la derrota y declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018. Impuso las costas de Alzada a la ANSES conforme el artículo 36 de la ley 27.423 y reguló honorarios de Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la Prestación Básica Universal (PBU), la Sala remite a los argumentos de los precedentes "MARCONI" (expte. FRO 16468/2023/CA1) y "SPESSOT" (Sala A, expte. FRO 32203/2022), donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad de ese componente, teniendo en cuenta el fallo "Quiroga" de la CSJN. Se rechazó el agravio.
"3°) Con respecto al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto la jueza a quo aplicó el fallo 'Morales' de la CSJN y siendo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
"4°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo' ... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423 que dispone: 'En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ... con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'."
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Normas que cita
- Decreto 157art. 3
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 17.454
Fallos que cita
- MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativoCSJN · 22/06/2023
- QUIROGACSJN
- MARCONI, Carlos Raúl c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCNFed. Seg. Social Sala B · 29/05/2025
- SPESSOT, Daniel Antonio c/ ANSES s/ Reajustes VariosCNFed. Seg. Social Sala A · 16/04/2025
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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