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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: SALMAIN, GASTON DENUNCIADO: WHPEI, FERNANDO ELIAS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la querella en la causa CFP 612/2026/4/CFC1 caratulada Whpei, Fernando Elías s/ recurso extraordinario federal. El tribunal consideró que la impugnación sólo expresaba discrepancia con lo resuelto y no demostraba una cuestión federal ni arbitrariedad de sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 000612/2026/4/1
Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Cuestion federal Arbitrariedad de sentencia Gravedad institucional Tutela judicial efectiva Debido proceso Querella Acordada 4/2007 csjn Ley 48.

¿Quién es el actor?

Querella (parte querellante en la causa).

¿A quién se demanda?

Fernando Elías Whpei (imputado en la causa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la decisión de la Sala III que había hecho lugar al recurso de casación del Ministerio Público Fiscal, casado el pronunciamiento anterior y remitido las actuaciones al Juzgado Federal Nro. 4 de Rosario.

¿Qué se resolvió?

Declarar inadmisible el recurso extraordinario federal, con costas en la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La impugnación no cumple con los recaudos requeridos para la interposición del recurso extraordinario establecidos en los arts. 14 y 15 de la ley nro. 48, particularmente en lo relativo a la concurrencia de una cuestión federal (arts. 3º, incs. d) y e), y 11º de la Acordada nº 4/2007 de la CSJN). En el caso, la parte se limitó a expresar su discrepancia con la decisión adoptada por este tribunal, sin lograr desarrollar una adecuada demostración de la arbitrariedad que alega."

"Es sabido, que 'la doctrina de la arbitrariedad tiene un carácter estrictamente excepcional, y no puede pretenderse, por su intermedio, el reexamen de cuestiones no federales cuya solución es del resorte exclusivo de los jueces de la causa' (Fallos: 303:386)."

"...el recurrente basó su impugnación en la reedición de agravios que tuvieron adecuada respuesta y en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada."

"...no obstante su invocación, la parte recurrente no logra evidenciar que se haya vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, ni tampoco se advierte ni se ha demostrado que en el caso se configure un supuesto de gravedad institucional para habilitar la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."

Normas que cita

  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • Acordada 4/2007arts. 3 incs. d) y e), 11
  • CPCCNart. 257 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CPPNarts. 471, 530 · Codigo procesal penal

Fallos que cita

  • Fallos 303:386CSJN
  • Fallos 306:136CSJN
  • Fallos 305:1694CSJN
  • Fallos 147:371CSJN
  • Fallos 311:1695CSJN
  • Fallos 295:335CSJN
  • Fallos 300:443CSJN
  • Fallos 302:561CSJN
  • Fallos 303:2012CSJN

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