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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 1 - IMPUTADO: JARA, BRIAN JESUS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública oficial de Brian Jesús Jara contra la decisión que había declarado inadmisible su recurso de casación. El tribunal sostuvo que el planteo no involucra una cuestión federal suficiente ni demuestra arbitrariedad, con el voto disidente parcial del Dr. Hornos sobre la viabilidad del remedio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 001591/2017/TO01/51/1
Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Cuestion federal Arbitrariedad de sentencia Ejecucion de la pena Derecho al recurso Ley 48 Casacion penal Defensa publica Brian jesus jara

Actor (recurrente): Brian Jesús Jara, representado por la defensa pública oficial.

Demandado (parte contraria): Ministerio Público Fiscal, que contestó el traslado del recurso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario federal contra la resolución de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal del 30 de junio de 2026 (Reg. 724/26), que había declarado inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Cámara declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, sin costas (arts. 14 y 15 de la Ley 48 y arts. 68, 69 y 257 del CPCCN). El Dr. Hornos votó en disidencia en cuanto a la viabilidad del remedio, pero coincidió en la inadmisibilidad, y en el punto de las costas consideró que no correspondía imponerlas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre (Fallos: 306:136; 305:1694 y 147:371, entre otros)."

"No corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de su admisión, para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo que la defensa no consiguió probar en su presentación (Fallos: 311:1695)."

"La parte recurrente basó su impugnación en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo demostrar la relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada (Fallos: 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros)."

"No ha sido demostrada la vulneración al derecho de defensa en juicio, a efecto de ser considerada como una cuestión federal suficiente que permita habilitar la competencia extraordinaria del máximo Tribunal en los términos establecidos en el art. 14 de la Ley 48."

"Finalmente, no obstante su invocación, la defensa no logra demostrar, ni tampoco se advierte, que se haya vulnerado el derecho al recurso de su defendido."

¿Cómo votaron los jueces?

"se trata de una sentencia dictada por el Tribunal superior de la causa que, por sus efectos, resulta equiparable a una sentencia definitiva y [...] la parte ha fundamentado debidamente la existencia de una cuestión federal relacionado con la admisibilidad del recurso de casación durante la etapa de ejecución de la pena privativa de libertad (cfr. Fallos 327:388 'ROMERO CACHARANE')."

Normas que cita

  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • CPCCNarts. 68, 69, 257 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CPPNarts. 444, 530 · Codigo procesal penal
  • Acordada 4/2007arts. 3, 11
  • Acordada 10/2025
  • Constitución Nacionalart. 8.2.h

Fallos que cita

  • Fallos 306:136CSJN
  • Fallos 305:1694CSJN
  • Fallos 147:371CSJN
  • Fallos 311:1695CSJN
  • Fallos 295:335CSJN
  • Fallos 300:443CSJN
  • Fallos 302:561CSJN
  • Fallos 303:2012CSJN
  • ROMERO CACHARANECSJN · Fallos 327:388

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