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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 3 - QUERELLANTE: GONZÁLEZ , CELESTE SOLEDAD IMPUTADO: SOSA, SATURNINO RAMON s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Saturnino Ramón Sosa recurrió la denegatoria de su pedido de prisión domiciliaria, alegando que su discapacidad y el deterioro de su salud hacen incompatible su permanencia en el penal. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso al considerar que no se acreditó un agravamiento sobreviniente de la salud del interno y encomendó a las autoridades penitenciarias garantizar la continuidad de su tratamiento médico.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRE 007264/2018/TO01/5/3/CFC003
Prision domiciliaria Art. 32 inc. c ley 24.660 Discapacidad Cud Agravamiento sobreviniente Tratamiento medico penitenciario Trato cruel Inhumano o degradante Casacion Arbitrariedad Ejecucion penal

Actor/Recurrente: Defensa oficial de Saturnino Ramón Sosa (imputado y condenado en la causa FRE 7264/2018/TO1, Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa).

Demandado/Parte contraria: Ministerio Público Fiscal, con dictamen de la querella (G.C.S.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Concesión del arresto o prisión domiciliaria (art. 32 inc. c, ley 24.660 y art. 10 inc. c, CP), fundado en la discapacidad certificada (CUD) y en el deterioro de la salud del condenado.

¿Qué se resolvió?

Rechazó el recurso de casación, sin costas. Encomendó a las autoridades penitenciarias asegurar la continuidad del tratamiento médico integral, en el lugar de alojamiento o mediante derivaciones extramuros, y evaluar un eventual traslado a un establecimiento de mayor complejidad asistencial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Preopinante (Yacobucci): "no observo ni la recurrente acierta en acreditar el agravamiento sobreviniente de la salud al que refiere." Agregó que "la identidad de las dolencias a las que el certificado de discapacidad expedido remite con aquellas oportunamente tenidas en consideración por los galenos que evaluaron al imputado ... deviene palmaria."

Sobre la infraestructura: "Tampoco encuentro deficientemente sustentada la ponderación de las deficiencias de infraestructura edilicia y personal sanitario para prestar atención a Sosa en la unidad penitenciaria, ni efectivamente establecida la incompatibilidad de su permanencia en la misma."

Sobre el trato: "no observo ni la esforzada defensa logra acreditar que la privación de libertad en el establecimiento carcelario resulte inadecuada ni le implique un trato indigno, inhumano o cruel que amerite un nuevo tratamiento de lo ya dispuesto."

Ledesma adhirió "en cuanto postula el rechazo del recurso de casación — sin costas —, toda vez que no se acreditó un agravamiento del estado de salud de Sosa que torne incompatible su permanencia en prisión ni la imposibilidad de brindarle allí el tratamiento médico adecuado."

No hubo votos en disidencia.

Normas que cita

  • CPPNarts. 456, 465, 466, 468, 470, 471, 530, 531 · Codigo procesal penal
  • CPart. 10 · Codigo penal
  • Ley 24.660arts. 32, 33 · Pena privativa de la libertad
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Fallos 312:555CSJN
  • Fallos 315:123CSJN
  • Fallos 306:362CSJN
  • Fallos 314:451CSJN
  • Fallos 314:791CSJN
  • Fallos 321:1328CSJN
  • Fallos 322:1605CSJN

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