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Cámara de Apelaciones

ANACABE SUSANA EDITH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Una beneficiaria del sistema previsional promovió demanda contra la ANSeS reclamando el reajuste de su haber jubilatorio, con cuestionamientos sobre la actualización de remuneraciones, la Prestación Básica Universal, el tope del art. 9 de la ley 24.463, la tasa de sustitución y el impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia, difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del art. 26 de la ley 24.241 y de la PBU, y modificó la imposición de costas a cargo de la demandada vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 035831/2024/CA001
Movilidad previsional Haber inicial Prestacion basica universal Tope art. 9 ley 24.463 Tasa de sustitucion Impuesto a las ganancias Costas al vencido Honorarios Intereses Obra social.

¿Quién es el actor?

Anacabe Susana Edith.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional (actualización de remuneraciones, PBU, topes, tasa de sustitución, descuentos y costas).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se revocó parcialmente la sentencia apelada, se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del art. 26 de la ley 24.241 y de la PBU, se confirmó lo demás que decide, se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida, se regularon honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación en Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia (más IVA si corresponde) y se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición de beneficio del actor es el 29/12/2020, en vigencia de la ley 24.241 (modificada por la ley 27.426 y cctes)."

"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación."

"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN 'Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios' sentencia del 6 de agosto de 2015'), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15%."

"Los intereses no integran el haber, su función es compensar al accionante por las diferencias mal liquidadas por el organismo, por lo que no constituyen base para el pago del aporte a la obra social."

Sobre el reclamo de inconstitucionalidad de la ley 27.541 y decretos conexos, el Tribunal señaló que no fue introducido en la demanda ni resuelto en la sentencia apelada, por lo que no corresponde su tratamiento, dejando a salvo el derecho a cuestionar la norma en un nuevo proceso.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 25, 26, 9, 24, 156 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9 inc. 3, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 27.426arts. 1, 2 · Reforma previsional
  • Ley 27.541art. 55 · Emergencia publica
  • Ley 27.423arts. 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 18.037art. 79 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Constitución Nacionalart. 14 bis

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