DIAZ, CARLOS EDGAR c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que no reconoció la invalidez exigida para acceder al retiro por invalidez (art. 49 inc. 4 de la ley 24.241). La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central, tras haber tenido en cuenta el informe pericial del Juzgado Federal que reconoció una incapacidad del 49,08%.
¿Quién es el actor?
Carlos Edgar Díaz.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Retiro por invalidez previsto en el art. 49, punto 4, de la ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró formalmente admisible el recurso de apelación y confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central, con costas por su orden (art. 68, segundo párrafo, del CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que contra el dictamen de la Comisión Médica Central que considera no acreditado el requisito de invalidez exigido por la normativa vigente para acceder al beneficio pretendido, se dirige el recurso de apelación de la parte actora que, apreciado con criterio amplio, reúne los recaudos que hacen a su admisibilidad formal."
"Que, atento las particulares circunstancias del caso y sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, las actuaciones fueron remitidas al Juzgado Federal con jurisdicción en el domicilio del actor para producir la medida ordenada en autos. Ese informe se produjo en fecha 25/08/2026, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 49,08%."
"Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; no habiendo sido desvirtuado por las partes tras el traslado conferido del informe."
"La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)'."
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Normas que cita
- Ley 24.241art. 49 inc. 4 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Acordada 10/25
- CPCCNart. 68 párrafo 2 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)CSJN · 26/12/2017
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