HAEDO EDUARDO FELIPE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La parte actora reclamó el reajuste de la Prestación Básica Universal y la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber, con cuestionamientos a la tasa de interés y a la imposición de costas. La Cámara confirmó la actualización de las remuneraciones con los índices de la ley 27.426, difirió para ejecución el planteo sobre topes, revocó la imposición de costas de primera instancia para imponerlas a la ANSeS en la medida en que surjan sumas a favor del actor, y reconoció el derecho a revisar la PBU por el método de la merma porcentual.
¿Quién es el actor?
Eduardo Felipe Haedo.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial, tasa de interés, topes de haberes, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
la Cámara revocó lo resuelto en primera instancia sobre costas y las impuso al vencido (art. 68 CPCCN) en tanto surjan sumas a favor del actor, en caso contrario en el orden causado (art. 36 ley 27.423); difirió para ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes; confirmó la sentencia en lo demás; fijó las costas de Alzada por su orden; y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo fijado para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que de acuerdo a las constancias obrantes en autos, no se encuentra en discusión que quien reclama adquirió el derecho al beneficio ya en vigencia de la ley 27.426, situación que reviste singular relevancia en atención a los cuestionamientos dirigidos en orden a la actualización de las remuneraciones que sirven de base para determinar los valores de la Prestación Compensatoria y la Adicional por Permanencia y el Ingreso Base (arts. 24, 30 y 97 de la ley 24.241, según corresponda)…"
"Que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que fueron posteriormente ratificados por ley 27.609, de modo que no cabe extender, sin más, la aplicación del precedente Elliff, sin efectuar el control jurisdiccional de la normativa a fin de asegurar la fundamental razonabilidad de esos actos…"
"Por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda…"
"Que corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida… determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Que ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes…"
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto de la actualización de la PBU, invocando los precedentes "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky" de la CSJN, y sostuvo que el análisis de confiscatoriedad debe hacerse en la etapa de ejecución. Esa posición no integró la decisión de la mayoría.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 9, 24, 25, 26, 30, 32, 97 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 26.417arts. 2, 3 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.426arts. 2, 3 · Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541art. 55 · Emergencia publica
- Ley 27.423arts. 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 18.037art. 79 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- CPCCNarts. 68, 271 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 16, 76
- Decreto 532
- Decreto 116
- DNU 260
- DNU 297
- DNU 542
Fallos que cita
- Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/11/2014
- BlancoCSJN · Fallos 341:1924
- ElliffCSJN
- Villanustre
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023 · Fallos 346:634
- Benoist, Gilberto c/ANSeSCSJN · 16/06/2018 · Fallos 341:631
- Gualtieri, Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/04/2017 · Fallos 340:411
- Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeSCNSS Sala III
- Pichersky, Alberto Raúl c/ ANSeSCSJN · 23/05/2017
- Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeSCSJN · 18/04/2017
- Guida, Liliana v. Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 02/06/2000 · Fallos 313:1513
- Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeSCSJN · 08/10/2024
- Hartmann, Gabriel Leonidio c/ANSeSCNSS Sala III · 27/08/2024
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