Incidente Nº 2 - ACTOR: CATALINI, NORBERTO ELIO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
La ejecución de una sentencia previsional promovida contra la ANSES por reajustes de haberes fue confirmada por la Cámara Federal de Rosario, que rechazó los agravios de la demandada y mantuvo la ejecución. La Cámara confirmó además la regulación de honorarios de la parte actora y redujo los honorarios del perito contador a tres UMA.
¿Quién es el actor?
Norberto Elio Catalini.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución de la sentencia recaída en el proceso de reajuste por movilidad, con planilla de liquidación aprobada en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, se confirmó la regulación de honorarios de la representación de la actora, se revocó la regulación de honorarios del perito contador y se fijaron en $157.530 (3 UMA), y se regularon los honorarios de los profesionales de esta alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia. Las costas de la instancia se impusieron a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos efectuados por la recurrente, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala, en la causa N° FRO 56551/2017/1/CA2 caratulada 'INC EJECUCIÓN DE SENTENCIA de ANSES ORTIZ, ELVIRA ADRIANA…', del 30/07/2025, a cuyas consideraciones me remito". Con esa remisión se rechazaron los agravios de la demandada sobre las excepciones de pago y falta de acción o inhabilidad de título, la improcedencia de la actualización de la PBU, el plazo de 30 días para el cumplimiento, los intereses moratorios, la falta de cálculo del impuesto a las ganancias y la imposición total de las costas.
Sobre los honorarios de la actora, que actuó en doble carácter: "lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria, correspondiendo por tanto, su confirmación".
Sobre el perito contador: "lo regulado resulta excesivo en relación a los porcentajes previstos normativamente, estimándose que corresponde regular sus honorarios en la suma de pesos ciento cincuenta y siete mil quinientos treinta ($157.530.-) equivalentes a 3 UMA".
¿Cómo votaron los jueces?
"entiendo que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos", con cita de la doctrina de la CSJN en "García María Isabel c. AFIP". Esta propuesta no prosperó en el acuerdo final, que confirmó la sentencia en lo relativo a los demás agravios.
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Normas que cita
- Ley 27.423arts. 36, 16, 21, 22, 24, 29, 41 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
Fallos que cita
- García, María Isabel c. AFIP s/ Acción Meramente Declarativa de InconstitucionalidadCSJN · 26/03/2019
- García Blanco, Esteban c. ANSeS s/ Reajustes VariosCSJN · 06/05/2021
- Pulcini, Luis B. y otroCSJN · 26/10/1989
- Smoler, María c. ANSeS s/ Reajustes VariosCNSS Sala I · 08/04/2022
- Pérez, Antonio Heriberto c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCNSS Sala II · 20/04/2022
- Mansilla, Rosa Catalina c. ANSeS s/ Reajustes VariosCNSS Sala III · 13/04/2022
- Ortiz, Elvira Adriana c/ ANSeS s/ Reajustes de HaberesCFR Sala B · 30/07/2025
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