Incidente Nº 2 - ACTOR: RICCARDI, GRACIELA DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
La demanda de reajuste previsional promovida por Graciela Riccardi contra la ANSeS llegó a ejecución de sentencia, y la demandada apeló la aprobación de la planilla y el mandato de llevar adelante la ejecución. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada, manteniendo la aplicación de intereses moratorios conforme a su doctrina previa y las regulaciones de honorarios.
¿Quién es el actor?
Graciela Riccardi.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de la sentencia que ordenó el reajuste de haberes previsionales, con aprobación de planilla de liquidación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios, por lo que se aprobó la planilla en cuanto por derecho hubiere lugar, se rechazaron las excepciones, se mandó llevar adelante la ejecución y se confirmaron las regulaciones de honorarios de la representación de la actora y del perito contador. Se impusieron las costas de alzada a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes en la alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta Sala se expidió en 'SETTICASI, GIACINTO c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL' donde se plasmó que los intereses moratorios se devengan, ipso iure, a partir de la mora por expresa disposición legal -la del art. 768 CCC- y ello comienza una vez vencido el plazo otorgado para pagar el monto de la liquidación aprobada judicialmente."
"Por lo que, corresponde confirmar lo dispuesto en la sentencia apelada en este punto."
Respecto del plazo de cumplimiento, el tribunal remitió a lo resuelto en "CORRAL, María Cristina c/ ANSeS s/ Ejecución Previsional", que rechazó el pedido de ordenar el cumplimiento en el plazo del art. 22 de la ley 24.463.
Sobre los demás planteos (falta de acción o inhabilidad de título, falta de retención del Impuesto a las Ganancias sobre el retroactivo y costas), remitió a lo resuelto en "PERALTA, ENRIQUE JOSE c/ ANSeS s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD".
Sobre honorarios: "lo regulado no es elevado, correspondiendo por tanto, su confirmación" (representación de la actora, considerando la reducción de la escala del art. 21 por el art. 41 y las etapas cumplidas); y la regulación del perito contador "se encuentra entre los porcentajes arancelarios y no es elevada".
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 22 · Solidaridad previsional
- Ley 27.423arts. 36, 41, 16, 21, 22, 24, 29 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CCCNart. 768 · Codigo civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- SETTICASI, GIACINTO c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONALCFed. Rosario Sala B
- VEZZANI, OSCAR DANIEL c/ ANSeS s/ EJECUCIÓN PREVISIONALCFed. Rosario Sala B
- CORRAL, María Cristina c/ ANSeS s/ Ejecución PrevisionalCFed. Rosario Sala B
- PERALTA, ENRIQUE JOSE c/ ANSeS s/ REAJUSTES POR MOVILIDADCFed. Rosario Sala B
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