PESUTO, JULIETA DANIELA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Una actora que percibe pensión previsional promovió amparo contra ANSES reclamando la regularización de los haberes y el pago de diferencias por sucesivas disminuciones de su monto. La Cámara Federal de Paraná confirmó el rechazo del amparo por considerar que existía otra vía más idónea y que la cuestión requería mayor debate y prueba, y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
¿Quién es el actor?
Julieta Daniela Pesuto.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
que ANSES regularice el pago de los haberes de la pensión que percibe, liquide íntegramente el beneficio con diferencias retroactivas e intereses, e informe el motivo de las sucesivas modificaciones del monto, sin notificación ni explicación previas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación de la actora y confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo. Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas de esta instancia en el orden causado y reguló honorarios a la letrada de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la vía: "no se ha acreditado el presupuesto de la inexistencia de otro medio procesal más idóneo para acceder a su pretensión". En primer lugar, "no surge que la actora hubiera formulado previamente ante ANSES un reclamo administrativo concreto en el que individualizara los errores que atribuye a las liquidaciones efectuadas o requiriera su revisión". En segundo término, "la cuestión relativa a la determinación y liquidación del haber conforme la ley 24.018 requiere un mayor ámbito de debate y prueba que excede el marco de análisis del proceso de amparo".
Sobre la arbitrariedad: "no pueda observarse, siquiera en forma aparente, una acción u omisión manifiestamente arbitraria o ilegal de la ANSES". La invocación de derechos alimentarios y de raigambre convencional "no alcanza para justificar la procedencia de la acción de amparo".
Cita textual: "la invocación y demostración de que los procedimientos regulares, sean judiciales o administrativos, no resultan aptos o eficaces para obtener la protección del derecho o garantía vulnerados, tiene que ser concluyente, más allá de toda duda, puesto que la mera alegación de que no existen trámites idóneos no es suficiente para justificar el amparo".
Sobre la inconstitucionalidad y las costas: se resolvió de conformidad con CSJN, "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo" (sentencia del 22/06/2023), aplicando el art. 36 de la ley 27.423 para imponer las costas en el orden causado.
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Normas que cita
- Ley 16.986Amparo
- Ley 24.018Jubilaciones y pensiones
- DNU 157art. 3
- Ley 27.423arts. 36, 30, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
Fallos que cita
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativoCSJN · 22/06/2023
- Londra Esposito, Abril c/ ANSES s/ amparo ley 16.986CAMARA FEDERAL DE PARANÁ · 28/08/2024
- Fallos 276:132CSJN
- Fallos 280:320CSJN
- Fallos 303:2088CSJN
- Fallos 304:819CSJN
- Fallos 305:537CSJN
- Fallos 307:1121CSJN
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