LUNA, OSVALDO OMAR c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Un jubilado de la Policía Federal reclamó la inaplicabilidad de la Resolución 607/2019 y del decreto 586/2019 que modificaron el Suplemento General por Antigüedad, más diferencias salariales e intereses. La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca confirmó el rechazo de la demanda, sosteniendo que no existe derecho adquirido al mantenimiento de la forma de cálculo de los haberes de retiro y que los haberes nominales no fueron disminuidos.
¿Quién es el actor?
Osvaldo Omar Luna.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declarar la inaplicabilidad del art. 7 de la Resolución 607/2019 (Suplemento General por Antigüedad) y del decreto 586/2019; el pago de las diferencias mes a mes desde septiembre de 2019 hasta la correcta liquidación del suplemento, con intereses a la tasa pasiva del BCRA, y las sumas por zona desfavorable.
Resolución de primera instancia: la sentencia de fs. 64/67 rechazó la demanda e impuso las costas al actor.
Resolución de la Cámara: se rechazó el recurso de apelación del actor, con costas a la parte perdidosa, y se regularon los honorarios de alzada en el 30% de los fijados en primera instancia (art. 30, ley 27.423). El Ministerio Público Fiscal había dictaminado por homologar la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el primer voto remite al precedente de la Cámara en "Rodríguez, Fabio Raúl" (FGR 7306/2021/CA1), que reproduce la doctrina de la CSJN según la cual "en materia de beneficios previsionales el derecho adquirido lo es a que se respete la situación del jubilado o retirado, y no a que el haber siga siendo determinado por las mismas reglas vigentes al tiempo de concederse el beneficio, ya que nadie tiene un derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentación o a la inmovilidad normativa", y que "como regla no hay óbice para un cambio de las pautas aplicables al cálculo del haber jubilatorio, inclusive cuando de ello derive su reducción" (Fallos: 320:2825). Agrega que los haberes nominales del actor no se redujeron sino que se incrementaron, por lo que no se configura la alegada confiscatoriedad. Cita además "Sánchez, Javier Gustavo" (Fallos: 348:1796), donde la CSJN sostuvo que el derecho a una remuneración justa no implica un escalafón pétreo ni adicionales invariables, siempre que no haya disminución de haberes. Sobre costas, no se aportaron motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota (art. 68, primera parte, CPCCN).
¿Cómo votaron los jueces?
unánime. El segundo juez (Lozano) coincide con el primer voto y adhiere a la propuesta.
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Normas que cita
- Decreto 586
- Resolución 607art. 7
- Constitución Nacionalart. 17
- Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Rodríguez, Fabio Raúl c/ Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía FederalCNFed. Gral. Roca · 29/05/2024
- Sánchez, Javier Gustavo c/ EN - M Justicia y DDHH - SPFCSJN · 23/12/2025 · Fallos 348:1796
- García, Guillermo Nelson c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 12/07/2016
- Fallos 320:2825CSJN
- Fallos 319:1201CSJN
- Fallos 326:2880CSJN
- Fallos 329:304CSJN
- Fallos 340:14CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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