JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

PARRA, EUGENIO c/ INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares fue condenado en primera instancia a incorporar el adicional de la ley 19.485 al haber de retiro de un militar retirado y a abonar las diferencias devengadas. La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca confirmó la sentencia, rechazando la falta de legitimación pasiva y el planteo de que el beneficio no alcanza al personal militar retirado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE GENERAL ROCA
Jurisdicción
Federal · Rio Negro
Expediente
FGR 009942/2023/CA001
Legitimacion pasiva Iaf Haber de retiro Militares retirados Ley 19.485 Zona austral Adicional por zona Decreto 1472/2008 Suplemento zona Interpretacion finalista.

¿Quién es el actor?

Eugenio Parra.

¿A quién se demanda?

Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incorporación del adicional instituido por el art. 1º de la ley 19.485 (texto según Decreto 1472/2008, "zona austral") en el haber de retiro del actor, con el pago de las diferencias devengadas desde los dos años anteriores a la demanda hasta su efectiva incorporación, más intereses equivalentes a la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina.

¿Qué se resolvió?

la Cámara, por mayoría de los votos de los jueces Lozano y Gallego, rechazó el recurso de apelación del IAF con costas a su cargo, confirmando la condena. Se regularon honorarios de alzada en un 32% para la parte actora sobre lo fijado en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la legitimación pasiva: "esta cámara tiene dicho en 'Mounho, Carlos Alberto c/ Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares s/ suplementos fuerzas armadas y de seguridad' (FGR 21000474/2009), sent.def. del 20 de agosto de 2014, que es el Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF) el organismo legitimado para asumir la calidad de sujeto pasivo en los casos en que, como el de autos, se reclama la recomposición de los haberes del personal militar retirado."

Sobre la procedencia del adicional: la Cámara señala que, en el caso de personal militar retirado, "el suplemento 'zona' que se abona al personal militar en actividad no se considera a la hora de calcular los haberes de retiro, por lo que la referida adecuación jurisprudencial de 'Nicolini' no es aplicable aquí y corresponderá entonces estar al criterio sostenido por el cuerpo en 'Kinan, Eduardo Ángel c/ Estado Nacional s/ ordinario' (FGR 71000055/2011), sent.def.82/13, del 19 de septiembre de 2013".

Sobre el alcance de la ley 19.485, tras citar el precedente "Pousa", el fallo transcribe el voto que sostiene: "Esta interpretación de aquel precepto que consagra el beneficio resiste, perfectamente en mi criterio, el concienzudo análisis exegético sobre el que reposa el criterio contrario argüido en el fallo apelado." Y agrega: "No juega aquí el derecho previsional si se piensa que el beneficio se obtiene por residir en la zona demarcada por la ley y, coherentemente, se pierde si el beneficiario muda su residencia a algún punto del territorio ubicado fuera de aquélla, funcionamiento éste que resulta incongruente con reputarlo como beneficio de índole previsional."

Sobre la liquidación: "como pauta general para la cuantificación del adicional de la ley 19.485 deberá tenerse en cuenta la totalidad del haber de pasividad sin incluir en dicha base de cálculo el rubro zona desfavorable, sur o denominación equivalente, si es que se lo estuviera abonando, y al resultado al que se arribe restarle dicho ítem, ya que queda absorbido o incluido en la bonificación reconocida."

Normas que cita

  • Ley 19.485art. 1 · Prevision social
  • Decreto 1472art. 1
  • Ley 22.919arts. 1, 2, 14, 15 · Instituto de ayuda financiera para pago de retiros y pensiones militares
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Constitución Nacionalart. 75 inc. 19
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • ColomboCSJN · Fallos 342:526
  • Mounho, Carlos Alberto c/ Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones MilitaresCAMARA FEDERAL GRAL ROCA · 20/08/2014
  • Nicolini, David Atilio c/ ANSeS s/ amparo ley 16.986CAMARA FEDERAL GRAL ROCA · 02/02/2017
  • Andrada, José Luis c/ IAF s/ amparo ley 16.986CAMARA FEDERAL GRAL ROCA · 14/06/2017
  • Kinan, Eduardo Ángel c/ Estado Nacional s/ ordinarioCAMARA FEDERAL GRAL ROCA · 19/09/2013
  • Pousa, Jorge Omar c/ Estado Nacional s/ acción de amparoCAMARA FEDERAL GRAL ROCA · 11/05/2010
  • Greco, Jorge Horacio c/ Estado Nacional La Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina s/ suplementos fuerzas armadas y de seguridadCAMARA FEDERAL GRAL ROCA · 29/11/2017
  • Fallos 310:149CSJN
  • Fallos 313:1223CSJN
  • Fallos 315:158CSJN
  • Fallos 322:904CSJN
  • Fallos 329:872CSJN

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