Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VELIZ, RODRIGO MARCELO Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: GARCIA LINARDI, OSCAR ANTONIO
El Ministerio Público Fiscal recurrió en casación la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n.° 19 que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 50 del Código Penal y rechazado la declaración de reincidencia de Mario Gabriel Martínez. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala 1, hizo lugar al recurso, casó el punto dispositivo II y declaró reincidente al imputado, por considerar aplicables los precedentes de la Corte Suprema que avalan la reincidencia ficta.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal, representado en la instancia por el fiscal Santiago Vismara y, en la etapa de oficina, por la Dra. Piqué.
¿A quién se demanda?
Mario Gabriel Martínez, condenado en juicio abreviado a dos meses de prisión de efectivo cumplimiento como coautor de robo en grado de tentativa.
Objeto de la impugnación: el punto II de la sentencia del TOCC n.° 19 (3 de febrero), que declaró la inconstitucionalidad del artículo 50 del Código Penal (art. 14.7 del PIDCP y art. 75, inc. 22, CN) y, en consecuencia, rechazó la declaración de reincidencia solicitada en el acuerdo.
¿Qué se resolvió?
la Cámara hizo lugar al recurso, casó el punto II y declaró reincidente a Mario Gabriel Martínez.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El juez sostuvo que "la criminalización secundaria deteriora al criminalizado y, mucho más aún, al prisionizado" y que la reforma de la ley 27.785 "obedece a una perspectiva inflacionaria del ejercicio de poder punitivo".
La Cámara expresó: "si bien con anterioridad he expresado mis reservas sobre la constitucionalidad de este instituto, debo reconocer que ha sido a partir de argumentos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha descartado reiteradamente".
Agregó: "aunque bajo el régimen vigente ya no se requiere que la persona haya experimentado un encierro carcelario previo en carácter de condenado (...) ello no afecta los lineamientos trazados sobre esta materia por el alto tribunal".
Concluyó: "el fundamento mediante el que la Corte convalidó el tratamiento legislativo más severo (CP, art. 14) para quien, tras haber sido destinatario de una condena, incurrió nuevamente en una conducta delictiva, resulta aplicable al sistema vigente de la reincidencia ficta".
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Normas que cita
- CPPNarts. 456, 465, 468, 470, 530, 531 · Codigo procesal penal
- CParts. 50, 14, 13 · Codigo penal
- Ley 27.785Codigo penal y codigo procesal penal federal
- Ley 24.660art. 28 · Pena privativa de la libertad
- PIDCPart. 14.7
- Constitución Nacionalarts. 18, 75 inc. 12, 75 inc. 22
- Acordada CSJN 15/13
- Acordada CSJN 27/2020
- Acordada CNCCC 1/2020
Fallos que cita
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- ValdezCSJN · 21/04/1988 · Fallos 311:552
- L'EvequeCSJN · 16/08/1988 · Fallos 311:1451
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