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Cámara de Apelaciones

PRESA, DENIS EDUARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, modificó la sentencia de grado en materia de accesorios y dispuso que el capital de condena se actualice por la variación del RIPTE desde el accidente del 3/3/2022, con un interés puro del 6% anual hasta la liquidación. La decisión se fundó en que el decreto 669/2019 es válido como decreto delegado y no como decreto de necesidad y urgencia, y en que las resoluciones de la SSN 1039/2019 y 332/2023 exceden la reglamentación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA I
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 034395/2022/CA001
Ripte Actualizacion de deuda de valor Decreto 669/2019 Accidente in itinere Ley de riesgos del trabajo Interes puro Reformatio in pejus Resoluciones ssn 1039/2019 y 332/2023 Exceso reglamentario Intereses moratorios.

¿Quién es el actor?

Eduardo Denis Presa.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo por incapacidad laboral derivada de lumbociatalgia postraumática vinculada al accidente in itinere del 3/3/2022 (incapacidad del 9,79% de la total obrera). Condena de primera instancia por $1.486.393,69 con accesorios (IPC + 3% hasta la notificación del recurso, capitalización y 3% hasta la liquidación).

¿Qué se resolvió?

se modifica la sentencia en materia de accesorios. El capital de condena se actualiza por la variación del RIPTE desde el 3/3/2022 hasta la liquidación del artículo 132 L.O., con un interés moratorio puro del 6% anual desde la misma fecha hasta la liquidación. Desde allí, se aplica el promedio de la tasa activa del Banco Nación hasta el pago. Costas de primera instancia a cargo de la demandada y las de alzada en el orden causado. Honorarios regulados: actora 60,27 UMA, demandada 54 UMA, perito médico 27 UMA; por la alzada, 30% de lo asignado en grado a la representación de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta interpretación se confirma completamente con lo expuesto en los considerandos del decreto. ... es claro que lo que la norma establece es un índice de actualización basado en la evolución de los salarios." "... el mecanismo de los dos primeros incisos del nuevo artículo 12 de la ley 24.557 (según decreto 669/2019) permite llegar a un valor actualizado de la tarifa legal, lo que se corresponde con la noción de 'deudas de valor' contenida en el artículo 772 del Código Civil y Comercial de la Nación." "... resulta inapropiado acudir a la aplicación de una tasa bancaria dado que éstas suelen contener también un mecanismo de recomposición del capital frente a la pérdida del valor del dinero ..." "... una norma administrativa interna que en realidad se dirige a definir las pautas para la determinación de las 'reservas' o calcular sus 'pasivos' no puede alterar el sentido y alcance de una norma de jerarquía superior ..." Se cita además el dictamen del Fiscal Abramovich Cosarin en CNT 92227/2016 (Bucccellato).

Normas que cita

  • Ley 24.557art. 12 · Ley de riesgos del trabajo
  • Decreto 669/2019art. 12
  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • Ley 26.773arts. 2, 8, 17.6 · Riesgos del trabajo
  • Ley 18.345art. 132 · Organizacion y procedimiento
  • CCyCNarts. 770, 772, 1748 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 20.744art. 276 · Ley de contrato de trabajo
  • Constitución Nacionalarts. 28, 76
  • Resolución SSN 1039/2019
  • Resolución SSN 332/2023

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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