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Primera Instancia

CORREA NESTOR OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó el reajuste de su haber previsional, cuestionando la constitucionalidad de normas aplicadas y el tope del art. 9 de la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 9 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a la ANSeS readecuar la prestación en lo referido a los topes, declaró inconstitucional la limitación del art. 14.2 de la Res. SSS 6/09 y difirió otras inconstitucionalidades para la etapa de ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 037385/2025
Seguridad social Reajuste previsional Ley 24.241 Tope del haber maximo Inconstitucionalidad Prescripcion Prestacion compensatoria Movilidad jubilatoria Honorarios previsionales Anses

¿Quién es el actor?

Néstor Osvaldo Correa.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de los haberes previsionales otorgados en el marco de la ley 24.241, con planteos de inconstitucionalidad de normas atinentes y pago de las diferencias resultantes.

¿Qué se resolvió?

"1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada- proceda en la forma aquí dispuesta. 3) Los haberes en caso de resultar modificados por las pautas establecidas en este decisorio, deberán abonarse dentro del plazo indicado en el punto 1) de esta parte resolutiva. 4) Para el cómputo de las acreencias retroactivas que eventualmente resulten en favor de la reclamante, deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción. [...] 5) En relación a las inconstitucionalidades planteadas, estese a lo expresado en los considerandos respectivos. 6) Difiérase el tratamiento de la Ley 27609 para el momento de la etapa de ejecución. 7) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). 8) Regúlanse honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en el 15% del importe del crédito que resulte en favor del reclamante al practicarse la liquidación respectiva (ley 27423), con IVA si corresponde, con piso de 15 UMA conforme al art. 21 de dicha ley. En relación al letrado de la parte demandada, cumpla con lo dispuesto en el art. 2 de la ley última citada, bajo apercibimiento de tenerlo por comprendido en el supuesto de marras."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Prescripción: "hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."

Tope del haber máximo: "Queda claro que una ley no es inconstitucional por la fijación de un tope, sino es el 'quantum' del mismo [...] si el haber redeterminado supera el tope del haber máximo, conforme las pautas dispuestas, se deberá observar lo establecido por el Máximo Tribunal en el precedente 'Actis Caporale'."

Art. 14.2 de la Res. SSS 6/09: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia [...] lo declaró inconstitucional en este acto."

Tope de remuneraciones del art. 9 de la ley 24.241: no se hace lugar a la inconstitucionalidad, citando a la CSJN en "Gualtieri": "permitir que el trabajador que cotizó sólo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9º de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de afiliados."

Prestación compensatoria (art. 26 ley 24.241): diferido su tratamiento a la etapa de liquidación, por aplicación de "Argento" y "Actis Caporale", con análisis de confiscatoriedad si la merma supera el 15%.

Costas: declarada la inconstitucionalidad del art. 36 de la ley 27.423 en cuanto a la derogación introducida por el Decreto 157/18, se imponen las costas a la ANSeS con base en "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS".

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