JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MELMAN EDITH s/ADMINISTRACION FRAUDULENTA ETC. -CAUSA N° 304-

La Corte Suprema rechazó la recusación planteada contra cinco de sus integrantes y los recursos de reposición y nulidad interpuestos contra su sentencia anterior. Consideró la recusación tardía y recordó que sus sentencias no son susceptibles de nulidad ni de modificación por las vías intentadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 521. XXXIX. RHE
Recusacion Tardia Reposicion Nulidad Sentencias de la corte Irrecurribilidad Administracion fraudulenta Recurso de hecho Arts. 160 y 238 cpccn Fallos.

Actor/Recurrente: Edith Melman, representada por el Dr. Santiago M. Rajmilchuk.

Demandado/Parte contraria: DESCONOCIDO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recusación de los jueces Petracchi, Belluscio, Boggiano, Vázquez y Maqueda, y reposición y nulidad de la sentencia de fs. 94, en la causa caratulada "Melman, Edith s/ administración fraudulenta, etc." (causa N° 304C).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la recusación por introducirse tardíamente y se rechazaron los recursos de reposición y de nulidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la recusación ha sido introducida tardíamente, y, respecto de la reposición y la nulidad articuladas, tal petición resulta improcedente, por un lado, porque las sentencias definitivas e interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por la vía intentada (arts. 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), sin que se den en el caso circunstancias estrictamente excepcionales que autoricen a apartarse de tal principio; y, por otro, porque en el caso, no existe motivo para apartarse de la conocida jurisprudencia de este Tribunal en cuanto a que las sentencias de la Corte no son susceptibles del recurso de nulidad (Fallos: 303:241; 306:2070; 310:1917; 311:1455; 312:2106; 313:428; 316:64; 317:1688)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 160, 238 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 303:241CSJN
  • Fallos 306:2070CSJN
  • Fallos 310:1917CSJN
  • Fallos 311:1455CSJN
  • Fallos 312:2106CSJN
  • Fallos 313:428CSJN
  • Fallos 316:64CSJN
  • Fallos 317:1688CSJN

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