THE COCA COLA COMPANY Y OTROS s/MEDIDAS CAUTELARES
La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Civil y Comercial Federal que había hecho lugar a una medida cautelar contra The Coca Cola Company, por haber resuelto sobre una cautelar que el juez de primera instancia no había decidido y excediendo los límites de la apelación, lo que afectó la doble instancia y la defensa en juicio. Tres ministros disintieron y habrían desestimado los recursos por no tratarse de sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
The Coca Cola Company y otros.
¿A quién se demanda?
Baesa Buenos Aires Embotelladora S.A., Pepsi Cola Argentina S.A.C.I. y David Ratto BBDO, recurrentes en la causa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
medidas cautelares.
¿Qué se resolvió?
la mayoría hizo lugar a los recursos extraordinarios y a las quejas, dejó sin efecto la sentencia recurrida y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para su trámite.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jurisdicción de los tribunales de segunda instancia está limitada por el alcance de los recursos concedidos que determinan el ámbito de su competencia decisoria, y la prescindencia de tal limitación causa agravio a las garantías constitucionales de la propiedad y la defensa en juicio."
"[E]l recurso de apelación deducido por la parte actora versaba únicamente sobre la competencia de los tribunales en razón de la materia. En tales condiciones, la cámara no tenía facultades para decidir -como lo hizo- la traba de una medida cautelar que había sido requerida ante el juez de primera instancia y sobre la que éste no se había expedido."
"[L]a exigencia legal de la doble instancia cumple una función estrechamente vinculada con la garantía constitucional de la defensa en juicio, motivo por el cual la decisión que arbitrariamente se aparta de las disposiciones que rigen el caso, agravia severamente dicha garantía, a la vez que afecta la del debido proceso."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que los recursos extraordinarios -parcialmente concedidos- y los respectivos recursos de hecho, no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 235:171CSJN
- Fallos 237:328CSJN
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- Fallos 301:925CSJN
- Fallos 304:355CSJN
- Fallos 311:1601CSJN
- Fallos 310:1424CSJN
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