FERRARIO EDITH IRIS c/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/AMPARO
Una pensionada promovió amparo contra la Provincia de Buenos Aires para que se declarara la inconstitucionalidad de la ley 12.727 de emergencia económica, que redujo en un 26% su pensión. La Procuradora General dictaminó que corresponde revocar la sentencia que había convalidado la reducción, por entender que la merma, sumada a la inflación del período, resulta confiscatoria.
¿Quién es el actor?
Edith Iris Ferrario, pensionada.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declaración de inconstitucionalidad de la ley 12.727 de emergencia económica y financiera, que redujo en un 26% el monto de su beneficio de pensión, y reintegro de las sumas adeudadas.
¿Qué se resolvió?
los conjueces de la Suprema Corte bonaerense habían rechazado la demanda. La Procuradora General opina que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Escapa al marco de atribuciones jurisdiccionales la ponderación del acierto de las medidas adoptadas por los poderes políticos en la esfera de su competencia enderezadas a conjurar una emergencia económica en el régimen de jubilaciones y pensiones, pero dicha limitación no impide a los jueces controlar la razonabilidad de las normas ni evaluar si su aplicación a los casos concretos provoca desmedro de orden constitucional."
"La restricción que impone el Estado al ejercicio normal de los derechos patrimoniales debe ser razonable, limitada en el tiempo, un remedio y no una mutación en la sustancia o esencia del derecho adquirido por sentencia o contrato, y está sometida al control de constitucionalidad, toda vez que la emergencia, a diferencia del estado de sitio, no suspende las garantías constitucionales."
"Si durante el lapso en que se instrumentaron las restricciones aludidas, tanto los salarios como los haberes previsionales sufrieron una merma al rededor del 45%... no parece razonable, pues, que a tal disminución del poder adquisitivo, el Estado Provincial lo agrave aún más con una quita del 26%, lo que daría un total de disminución del valor real de un 71%... ante estas circunstancias queda demostrada la desnaturalización alegada del beneficio."
La opinión reconoce que, con posterioridad a la interposición del recurso, la ley perdió vigencia el 31 de diciembre de 2003, pero estima necesario pronunciarse sobre el fondo porque la actora reclamó también el reintegro de las sumas adeudadas.
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Normas que cita
- Ley 12.727 (Provincia De Buenos Aires)
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Sindicato Argentino de Docentes Particulares c/ Provincia de Buenos AiresCSJN
- Salinas Roisa Amelia c/ Provincia de Buenos Aires s/ amparoCSJN
- Fallos 310:2039CSJN
- Fallos 322:2817CSJN
- Fallos 315:800CSJN
- Fallos 171:79CSJN
- Fallos 325:28CSJN
- Fallos 323:1566CSJN
- Fallos 238:76CSJN
- Fallos 313:1513CSJN
- Fallos 323:4205CSJN
- Fallos 321:2181CSJN
- Fallos 310:991CSJN
- Fallos 307:1921CSJN
- Fallos 305:2083CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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